A través del Boletín Oficial, el Gobierno formalizó la eliminación de los derechos de exportación para las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) que hayan vendido mercadería al exterior por menos de 50 millones de dólares.
El derecho de exportación se elimina para todas aquellas empresas que exporten por encima, es decir que aumenten sus ventas, respecto al promedio del año anterior.
El decreto, que lleva las firmas del presidente Mauricio Macri; del jefe de Gabinete, Marcos Peña; y de los ministros de Hacienda, Nicolás Dujovne; y de Producción, Dante Sica, fija, hasta el 31 de diciembre de 2020, un derecho del 12% a la exportación para consumo de todas las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur.
Ese derecho no podrá exceder de tres o cuatro pesos, según la mercadería de que se trate, por cada dólar estadounidense del valor imponible.
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“Tienen una importancia central para la economía nacional, por su aporte a la producción y distribución de bienes y servicios y su gran potencial de generación de puestos de trabajo y para el impulso de las economías regionales", explicaron desde Casa Rosada respecto a la medida.
Luego, en otro decreto, se aclara que el monto anual sujeto a desgravación no podrá superar los USD 600.000 para los que hayan realizado exportaciones el año anterior. Y los USD 300.000 para los que no hayan realizado exportaciones.
Entre las actividades beneficiadas se destacan más de 9.900 productos, como por ejemplo, manufacturas de plástico, autopartes, arroz, maní, miel, leche, manufacturas de piedra, yeso y cemento, maíz pisingallo, papel y cartón, vino y mosto, productos farmacéuticos y químicos, manufacturas metalmecánicas, entre otros.