Las empresas prestadoras de servicio de transporte y las agencias que expenden boletos en la provincia de Buenos Aires deberán exhibir un cartel con las reglas de acceso gratuito al transporte para las personas con discapacidad.
La medida la adoptó la provincia al actualizar la normativa para el uso pleno del derecho a gratuidad del transporte para las personas con discapacidad y establecer la obligatoriedad de la exhibición por parte de las empresas de un compendio de "Reglas de Accesibilidad"; características, usos y funciones del Pase Multimodal y el pleno alcance los pases con acompañante.
De esta manera, el gobierno provincial exige a las empresas prestadoras de servicios y a las agencias que expenden boletos que muestren, en lugar visible en sus boleterías, terminales y en el interior de todas sus unidades, las "Reglas de Accesibilidad", donde se enuncian los derechos y obligaciones concernientes a personas con discapacidad.
"Desde el gobierno provincial buscamos mejorar la calidad de los servicios pensando en los usuarios, y por eso le hemos exigido a las empresas que de manera clara y visible exhiban cuáles son los derechos con los que cuentan las personas con discapacidad", explicó el secretario de Servicios Públicos, Franco La Porta.
Destacó que con el nuevo Pase Multimodal han 'facilitado el acceso al transporte público', y garantizarán que las compañías de transporte 'cumplan con sus obligaciones".
Por su parte, el titular de la Agencia provincial del Transporte, Javier Mazza, sostuvo: "Tal como nos pide el gobernador Daniel Scioli trabajamos para derribar las barreras que restringen el ejercicio pleno de los derechos, y pueden llegar a provocar molestias y en algunos casos dificultar su aplicación a miembros de este sector vulnerable de nuestra sociedad".
La normativa promueve garantizar el uso pleno del derecho a gratuidad de transporte a las personas con discapacidad y establece también que el "Pase Multimodal" otorgado por la Agencia es el único requisito exigible para acceder a dicho derecho.
Así mismo se indica que las empresas y las agencias que expidan pasajes de sus servicios, estarán obligadas a entregar a la persona con discapacidad el pasaje de ida y de regreso y en caso de encontrarse cubierto el cupo, se informará por escrito al solicitante, el nombre, apellido y número de pase de los pasajeros que ocupan el servicio; fijando la reserva para el servicio inmediato posterior.
Por otra parte, dispone que el llamado pase con acompañante, permite al titular optar por ser acompañado por otra persona a la que se le extenderá el beneficio de gratuidad; pudiendo viajar solo cuando a su criterio no resulte imprescindible ser auxiliado por otro.
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