Aquel pedido, impulsado por el Ejecutivo por presunta falta de imparcialidad, había sido aprobado por los jueves Norberto Frontini, Roberto Boico y Ángela Ledesma.
El magistrado ya había emitido su voto sobre la constitucionalidad del pacto con Irán y según ha trascendido lo hizo por invalidar el Memorándum.
Pleé cuestiona la intervención de Frontini y Boico, conjueces designados por el Consejo de la Magistratura, y quienes quedaron en un limbo pues la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional la nueva ley de subrogancias por la cual fueron nombrados.
"De lo expuesto se colige, entonces, que el derecho de conservación del juez natural es reconocido como un derecho humano fundamental que compromete a los Estados a garantizar a las partes del proceso la estabilidad del juez que legalmente conoció el pleito, en resguardo del debido proceso y correcta administración de justicia, estableciendo reglamentos transparentes para su nombramiento", sostuvo el fiscal.
Para la fiscalía, la recusación que hace el Estado "resulta abiertamente arbitraria, carente de todo asidero jurídico y moral, a la vez que viola las reglas elementales del debido proceso legal en perjuicio de las partes en estas actuaciones".
El fiscal Pleé considera que el argumento de la recusación que fue la denuncia que Gemignani le hizo a Figueroa "además de lo absurdo no logra demostrar aún mínimamente la sospecha de parcialidad para lograr el apartamento" en la causa.
"En definitiva, considero que no se ha logrado explicar la alegada sospecha de falta de imparcialidad que llevo al apartamiento del Magistrado, por ello lo resuelto atenta gravemente contra las garantías del juez natural", concluyó.
comentar