Los boletos de colectivo en el AMBA sufrirán ajustes escalonados en las próximas semanas. Conocé los nuevos valores del transporte público.
El Gobierno presentó de manera oficial el nuevo esquema de tarifas para el transporte público de pasajeros que dependen de la jurisdicción nacional. Según lo dispuesto, el boleto mínimo de colectivo tendrá un incremento del 31% desde el 17 de febrero, pasando de los $494,83 a $650.
Nuevos aumentos en las tarifas del transporte público en el AMBA.
Además, para el 16 de marzo está prevista otra suba cercana al 10%, lo que ubicará el valor del viaje mínimo en $700. A pesar de estos incrementos, las autoridades confirmaron que la Tarifa Social continuará vigente, ofreciendo un 55% de descuento a jubilados, pensionados, empleadas domésticas y beneficiarios de la AUH.
Desde la Secretaría de Transporte explicaron que estos cambios buscan equilibrar el sistema. En un comunicado oficial, el organismo expresó que “la medida responde a la búsqueda de mayor competitividad del sector automotor y de una actualización en los valores de la tarifa”. El argumento principal del Ejecutivo es que este nuevo aumento intenta nivelar los costos de los servicios que operan dentro de la Ciudad de Buenos Aires con el resto de las prestaciones.
El nuevo cuadro tarifario que regirá desde el 17 de febrero.
Cabe recordar que los colectivos que se mueven exclusivamente dentro de CABA ya tuvieron un ajuste del 4,8% el pasado 1 de febrero, dejando el mínimo en $637,43. En el caso de las líneas que circulan por la Provincia de Buenos Aires, el impacto fue similar y el boleto mínimo quedó en $721,08.
Por su parte, el subte también sufrió modificaciones recientes, pasando de $1.259 a $1.336, mientras que el Premetro subió de $440 a $467. Es importante señalar que todos estos valores rigen para quienes utilicen la tarjeta SUBE debidamente registrada.
La medida afecta a un total de 104 líneas de colectivos: 1, 2, 8, 9, 10, 15, 17, 19, 20, 21, 22, 24, 28, 29, 31, 32, 33, 37, 41, 45, 46, 49, 51, 53, 55, 56, 57, 59, 60, 63, 67, 70, 71, 74, 75, 78, 79, 80, 85, 86, 87, 88, 91, 92, 93, 95, 96, 97, 98, 100, 101, 103, 105, 110, 111, 113, 114, 117, 119, 123, 124, 126, 127, 128, 129, 130, 133, 134, 135, 136, 140, 143, 145, 146, 148, 150, 152, 153, 154, 158, 159, 160, 161, 163, 164, 166, 168, 169, 172, 174, 176, 177, 178, 179, 180, 181, 182, 184, 185, 188, 193, 194, 195 y 197.
Antes de aplicar estos incrementos, la Secretaría de Transporte cumplió con el paso legal de convocar a la Instancia de Participación Ciudadana. Se trata de una consulta pública obligatoria por ley, aunque los resultados y opiniones que surjan de ella no tienen un carácter vinculante para la decisión final del Gobierno.
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