Sepa los pasos que hay que seguir a la hora de realizar los reclamos, por los daños sufridos por las inundaciones.
Los trágicos sucesos climáticos de principios de la semana pasada que costaron la vida de más de medio centenar de argentinos y que determina el daño irreparable de la vida humana, también afectaron los bienes de al menos doscientas mil viviendas. Es todavía prematuro hablar de cifras totales pero es probable que el cálculo de pérdidas económicas se sitúe en cifras superiores a los diez dígitos (arrancando en mil millones de pesos).
Además de la Ciudad de La Plata y la Capital Federal, varios partidos del G.B.A. sufrieron importantes inundaciones, a pesar que por diversos motivos tuvieron poca cobertura mediática. En el caso de San Isidro, distrito en el que vivo y trabajo, miles de vecinos de La Cava, del barrio Uruguay, de vastas zonas en Villa Adelina, del bajo de San Isidro, del bajo de Boulogne, de Martínez, de Beccar, de San Isidro, de Boulogne, sufrieron el anegamiento de sus casas con marcas desde 30 cm hasta más de un metro de nivel de agua dentro de las viviendas, que les provocó pérdidas de todo tipo de bienes, que tanto esfuerzo cuesta comprar o peor aún que pertenecen al mundo de nuestros valores sentimentales (fotos, cartas o recuerdos).
Las explicaciones de los funcionarios (poco frecuente en esta zona donde se trata de sostener la versión oficial que "no se inundó") no sirven de consuelo y no es momento de discutir, sino de escuchar a los vecinos, de trabajar para prevenir y sobre todo de abocarse a reparar y resarcir en los casos que corresponda.
En ese punto nos tenemos que concentrar para colaborar en todos los casos donde hay una persona afectada, sea donde sea, para darle todos los elementos posibles para que "defienda su derecho". Puede ser el derecho a reclamar el pago de una póliza de seguro, a cobrar un subsidio, un resarcimiento o lo que fuere.
Respecto de los seguros (sobre todo automotores), la recomendación más importante es no quedarse con la primera reacción de la compañía. Probablemente la respuesta verbal (o aún escrita) sea "ese riesgo no está cubierto por su póliza" y ello puede o no ser o no así. Quizás está cubierto en la póliza y no se lo informan, o está efectivamente la "letra chica" del contrato de seguro lo está dejando afuera de un posible resarcimiento, pero por efecto de la ley de defensa del consumidor, debe estar cubierto.
Sería muy largo detallar los ejemplos de casos en donde la empresa niega la cobertura, y a pesar de que ello puede tener base contractual, el asegurado puede tener derecho de todos modos a ser resarcido. Basta señalar que la ley nos protege en caso que alguna cláusula sea abusiva, y también cuando no se brindó la correcta información al momento de contratar. Por eso vuelvo a la idea que no se quede con el NO. Que vaya a una oficina de defensa del consumidor o se asesore.
Respecto de los cobros de subsidios: muchas veces son automáticos, como la exención impositiva o de tasas para determinadas zonas; pero otras veces son resultados de trámites o gestiones previas. Por eso la recomendación es que se informe, que llame al municipio o a oficinas de gobierno, porque si corresponde trámite el mismo pueden tener una fecha de presentación determinada. Otra recomendación es que si hay arreglos que reclamar se guarden comprobantes de facturas o cualquier otro elemento de prueba. Las fotos, y los videos pueden ser útiles si en algún momento hay chances de reclamar ante quien corresponda.
Finalmente vamos a señalar si se puede reclamar resarcimiento al Municipio por las inundaciones. La respuesta es SI. Todo ciudadano puede reclamar al municipio si entiende que el perjuicio sufrido debe ser resarcido por el Estado. Por supuesto el reclamo no garantiza el resultado, pero si no hay reclamo no hay respuesta. Por eso estoy señalando que se puede reclamar y luego el resultado dependerá de varios factores. Incluso habrá quienes iniciado el reclamo y sin respuesta positiva, quieran acudir a la justicia y podrán hacerlo. Las pruebas que haya en el expediente, las leyes que ordenan el caso, las responsabilidades que competan a cada actor y la jurisprudencia en la materia serán las que determinen el resultado.
Por supuesto todos conocemos la excepcionalidad ocurrida y la severidad de la tormenta, pero en muchos casos, los propios afectados saben qué obras faltaron y cuáles fueron los factores humanos que determinaron la inundación en su caso.
La inmensa mayoría de vecinos que visité, refieren la experiencia del "agua que viene de abajo" es la que inundó sus viviendas. El diagrama de los fluidos subterráneos es de competencia estatal y su desborde aún en condiciones climáticas especiales no puede asimilarse a situaciones de la naturaleza como un terremoto (en zonas no-sísmicas) ya que el Estado determinó por acción u omisión la morfología urbana y la consecuente inundación.
Haga el reclamo por escrito en todos los casos, y no dude en asesorarse. Para consultas, llamar al 11-20466600.