La AFIP habilitó la adhesión a la moratoria para los contribuyentes del monotributo y detalló los pasos a seguir para acogerse al beneficio.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó este viernes la adhesión a la moratoria para los contribuyentes del régimen de monotributo, que les permitirá regularizar sus deudas hasta en 60 cuotas, con una tasa de interés máxima de 1,5%.

El servicio web para adherir a la moratoria para monotributistas estará disponible hasta el 30 de septiembre en el portal del organismo recaudador.

Los contribuyentes podrán ingresar a los planes de pago obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2021. Para poder adherir a la moratoria, deberán tener declarados ante la AFIP el domicilio fiscal electrónico y la CBU (Clave Bancaria Uniforme) de la cuenta bancaria de la que debitará cada una de las cuotas.

La cantidad máxima de cuotas y la tasa de interés a acceder dependerá de la categoría en la que se encuentren los monotributistas: para los contribuyentes comprendidos entre las categorías "A" y "D", se permitirán hasta 60 cuotas con una tasa efectiva mensual del 1,25%, en tanto para quienes estén encuadrados entre las categorías "E" y "K", así como los sujetos no inscriptos al régimen simplificado, hasta 48 cuotas con una tasa del 1,50%.

Las cuotas a abonar serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto la primera de ellas, a la que se le sumarán los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento. El monto de cada cuota deberá ser igual o superior a 100 pesos.

La fecha que se tendrá en cuenta para calcular la consolidación de la deuda será la correspondiente a la de la solicitud de adhesión y cada cuota vencerá el 16 de cada mes a partir del mes siguiente al de consolidación.

Los pasos a seguir

La AFIP detalló en un comunicado los pasos a seguir para acogerse a la moratoria en la página web www.afip.gob.ar:

1) Ingresar con clave fiscal al portal Monotributo.

2) Seleccionar en “Estado de Cuenta” la opción “Mis Facilidades”.

3) Convalidar, modificar, incorporar y/o eliminar la obligación adeudada a regularizar.

4) Elegir el plan correspondiente a la Resolución General 5034.

5) Seleccionar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) a utilizar.

6) Consolidar la deuda y seleccionar la forma de pago, que podrá ser:

Plan de Facilidades de Pago: deberá elegir la cantidad de cuotas y enviar la solicitud de adhesión.

Pago al contado: se generará un VEP que tendrá validez hasta la hora 24 del día de su generación.

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