Un colectivero fue condenado esta tarde a prisión perpetua por haber asesinado de 43 puñaladas a su pareja, el año pasado en el barrio porteño de Villa Luro, en el primer proceso en el que se evaluó la violencia de género como agravante de un homicidio en la Capital Federal.
En un fallo por mayoría, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 26 le atribuyó a Maximiliano Giujusa (38) el "homicidio doblemente calificado por convivencia con la víctima y alevosía" de Andrea Soledad Melo (34), madre de dos niños de 2 y 5 años, cometido el 9 de febrero de 2013.
En su alegato, el fiscal Guillermo Pérez De la Fuente calificó al colectivero como "un vago" y "un asesino", por lo que consideró que en el juicio se acreditó que "era la única persona que estaba con la víctima en el momento del crimen".
En tanto, para el abogado de la familia de Melo, Facundo Bazano, del Programa de Asistencia y Patrocinio gratuito de la Defensoría General de la Nación, también se trató de un caso de "femicidio" y restó importancia a la estrategia de la defensa basada en la preeminencia física de la mujer.
Es que uno de los argumentos del defensor Horacio Paglia, el imputado -quien lloró durante todo el alegato- tuvo que actuar "en legítima defensa propia" debido a que "fue el agredido" y "debió matar a la mujer que amaba".
Además, el letrado dejó entrever la hipótesis de supuestas infidelidades por parte de Melo, que su asistido no expuso durante su indagatoria porque "es un caballero".
En el marco de un "rapto de violencia y de locura", el chofer tomó el cuchillo con el que era agredido y "lamentablemente tuvo que matar a Melo", agregó el abogado. Mientras para la fiscalía y la querella se trató de un caso de "violencia de género" y por lo tanto un "homicidio calificado", para la defensa el caso no reúne esas características porque "la agresora fue ella" y el colectivero no tenía ninguna ventaja física.
La ley 26.791, en vigencia desde el 14 de diciembre de 2012, incorporó el inciso 11 al artículo 80 del Código Penal, la pena de prisión o reclusión perpetua para los homicidios de mujeres cometidos por un hombre, en el contexto de "violencia de género".
Fuente: Télam