El Ejecutivo eliminó las retenciones impositivas en pagos con tarjeta, impulsando así el uso de medios electrónicos.
Desde el 1 de septiembre de 2024, el tradicional descuento del 10% por pagos en efectivo podría llegar a su fin, ya que el Gobierno argentino ha oficializado la eliminación de las retenciones impositivas que se aplicaban a los pagos con tarjeta.
Esta medida, que forma parte de un amplio paquete fiscal, fue formalizada mediante la Resolución General 5554/2024 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
La normativa establece la eliminación de los regímenes de retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto a las Ganancias para los pagos electrónicos que se realicen a partir del 1 de septiembre. Esto significa que los comerciantes, prestadores de servicios y locadores que reciban pagos a través de tarjetas de crédito, débito u otros medios electrónicos no estarán sujetos a retenciones por parte de las administradoras de tarjetas y demás entidades financieras.
El Ministerio de Economía, bajo la dirección de Luis Caputo, encomendó a la AFIP la reglamentación de esta eliminación de retenciones, como parte de un esfuerzo mayor para fomentar la formalización de la economía, promover la inclusión financiera y reducir los costos asociados con los sistemas de pago electrónicos. La Resolución 780/2024, que forma parte del Paquete Fiscal, tiene como objetivo evitar trabas en las operaciones realizadas mediante estos medios de pago, incentivando su uso en la economía formal.
Al igual que se hizo en la ley, la cartera que encabeza Luis Caputo invitó a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “a dejar sin efecto los regímenes de retención de tributos locales que se hayan establecido sobre los pagos que se efectúen a través de los medios comprendidos en la presente medida”.
Desde el organismo impositivo que conduce Florencia Misrahi destacaron que “la medida representa un enorme beneficio para el sector privado formal que no sufrirá ninguna detracción tributaria nacional al recibirlos”.
Además, indicaron que “se cumple entonces el objetivo prioritario del Estado Nacional de promover la recuperación de los niveles de actividad económica, luchar contra la evasión y fomentar la utilización de los medios de pago más transparentes y formales, al reducir los costos de cumplimiento relacionados con la AFIP por utilizar dichos sistemas de pago”.
Asimismo, remarcaron que “este beneficio que libera los pagos de las retenciones impositivas nacionales, alcanza a todo el universo de contribuyentes, ya que el Ministerio de Economía amplió el alcance de la medida prevista en el artículo 102 de la Ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, que originalmente comprendía sólo a pequeños contribuyentes y operaciones”.
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