La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los nuevos valores para calcular el Impuesto a las Ganancias y, a partir de enero, los trabajadores solteros sin hijos sufrirán deducciones personales si ganan más de 29.855 pesos “de bolsillo” mensuales, mientras que en el caso de los asalariados casados con dos hijos estarán alcanzados si perciben más de 39.495 pesos.
Los nuevos valores registran un alza del 28,77 por ciento en relación a los vigentes en 2017, que eran de 23.185 (solteros) y 30.671 pesos (casados). Con estos nuevos valores, los empleados “pagarán menos impuesto a las ganancias sobre los salarios que cobren desde el primer día de enero”, indicaron desde el organismo dirigido por Alberto Abad.
A su vez, la AFIP precisó que esos montos, en todos los casos anuales, serán los siguientes: por las ganancias no imponibles hasta 66.917,91 pesos; por el cónyuge 62.385,20 pesos; por cada hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 18 años o incapacitado para el trabajo 31.461,09 pesos. En tanto, por la deducción especial de cuarta categoría, hasta la suma de 66.917,91 pesos.
La diferencia entre los solteros sin hijos menores de 18 años o incapacitados para el trabajo y los casados con hijos se debe a que por cada hijo la deducción anual sube de 24.432 a 31.461. De este modo, un trabajador sin cargas de familia y sin otras deducciones, el ingreso promedio mensual a partir del cual soportará el Impuesto a las Ganancias, será de 29.855 netos.
En tanto, si se trata de un asalariado con dos hijos a su cargo (por ser menores de 18 años o incapacitados para el trabajo) y que puede deducir a su cónyuge (porque no tiene ingresos propios o, si los tiene, no superan los 66.917 pesos en todo el año), entonces el piso salarial en Ganancias será de 39.494 netos o 47.584 brutos.
El aguinaldo no estará eximido del pago del impuesto, pero quedará prorrateado para el cálculo de la retención durante todo el año de manera que no afecte el cobro íntegro en el momento de su pago, en junio y diciembre.
Por lo tanto, en el caso de un trabajador soltero, que tributa a partir de los 29.855 netos, será alcanzado por el impuesto si cobra 35.971 pesos incluido el proporcional del aguinaldo.