En los últimos días, Mariotto aseguró que "estamos trabajando fuertemente en un proyecto de Ley de Ética Pública y creo que debe implementarse en todos los Estados".
Hasta el momento, el proyecto se encuentra en estudio de comisiones, donde se intenta conciliar las diferentes iniciativas que hay al respecto. Con todo, desde el Senado estiman que el proyecto será aprobado por unanimidad. Según la iniciativa. la obligatoriedad de la presentación de declaraciones juradas alcanzará al gobernador y vice; senadores y diputados; magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público; el Defensor del Pueblo de la Provincia; los Ministros, Secretarios y Subsecretarios del Poder Ejecutivo; los titulares de los Organismos de la Constitución; los miembros del Consejo de la Magistratura; y el resto del personal de los tres poderes del Estado provincial y municipal con categoría o función no inferior a la de director o equivalente.
Los funcionarios deberán realizar la declaración patrimonial dentro de los 30 días hábiles desde la asunción en el cargo, y deberá ser actualizada anualmente, mientras que al finalizar su mandato deberán realizar una última presentación. La declaración jurada deberá contener, según el proyecto, una nómina detallada de todos los bienes propios del declarante, y los de la sociedad conyugal, etc
En las presentaciones se deberán constatar los "bienes inmuebles, bienes muebles; capital invertido en títulos; monto de los depósitos en bancos; créditos y deudas hipotecarias; ingresos y egresos anuales derivados del trabajo en relación de dependencia o del ejercicio de actividades independientes y/o profesionales, etc.
El proyecto dispone además que quienes no presenten la declaración en los plazos estipulados serán intimados a hacerlo en el plazo de 15 días. En tanto, una nueva falta será causal de remoción del funcionario.
Por otro lado, el proyecto de ley presenta cierto número de incompatibilidades con la función pública, tales como estar vinculado a empresas que sean proveedores del Estado y establece la nulidad de los procedimientos que fueran observados por tal motivo.
Finalmente, se crea un Tribunal Social de Responsabilidad Política con potestad para investigar "los actos de corrupción, los supuestos de enriquecimiento injustificado en la función pública y de violaciones a los deberes y al régimen de declaraciones juradas e incompatibilidades establecidas en el artículo 53 de la Constitución Provincial que pudieren cometer los funcionarios".
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