Eduardo Durañona, abogado del ex vicepresidente Amado Boudou, se mostró ayer “sorprendido” por el dictamen del fiscal Luis Di Lello que pidió la excarcelación de su defendido y adelantó que evalúa reclamar la “morigeración” de la prisión preventiva.

“Me sorprende mucho el contenido del dictamen del fiscal Di Lello”, afirmó Durañona, quien destacó que el fiscal sostuvo que Boudou “está mal detenido y que tiene derecho a permanecer en libertad durante el proceso con algún tipo de restricción”.

En declaraciones a Radio 10, el abogado señaló que a partir del dictamen queda “demostrando que tenía un total desconocimiento del cambio de carátula” que hizo Ariel Lijo, el juez federal que dispuso la detención de Boudou en una causa por presunto enriquecimiento ilícito. “Me parece apresurado decir que esto puede dar vía libre a la liberación de Boudou”, aclaró el letrado, quien ratificó de todos modos que a su entender “está muy restringido el derecho de defensa”, cuando “toda persona tiene derecho a tener un juicio justo”.

El abogado explicó que su “horizonte” es la audiencia del próximo 21 de noviembre, cuando deberá exponer sus argumentos ante la Sala I de la Cámara Federal a favor de la excarcelación, pero adelantó que antes de esa fecha podría reclamar “una medida para morigerar” la prisión preventiva que el ex vicepresidente se encuentra cumpliendo en el penal de Ezeiza.

“Es una estrategia que estamos pensando a partir de este escrito y lo vamos a definir esta semana”, adelantó. De hecho, Di Lello había reclamado la semana pasada al juez Lijo que contemplara “remedios menos lesivos” que “no impliquen la restricción de la libertad” del ex vicepresidente Boudou en la causa en la que se lo investiga por enriquecimiento ilícito, por la cual se encuentra detenido en el penal de Ezeiza. Boudou fue detenido el pasado viernes 3 en su domicilio de Puerto Madero acusado por los delitos de lavado de dinero y asociación ilícita, en el marco de la causa por presunto enriquecimiento ilícito en su contra. El fiscal Di Lello propuso sin embargo al juez “evaluar la existencia de remedios menos lesivos a los riesgos expresados que no impliquen la restricción de la libertad del encartado para evitar una condena sin sentencia firme”.

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