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La investigación quedó a cargo de la Fiscalía de Cámara N° 2, y del fiscal general Ricardo Sáenz, experto en delitos informáticos.
¿Cuál es el delito? "Acceso ilegítimo": está contemplado en el artículo 153 bis del Código Penal y estable que "será reprimido con prisión de quince (15) días a seis (6) meses, si no resultare un delito más severamente penado, el que a sabiendas accediere por cualquier medio, sin la debida autorización o excediendo la que posea, a un sistema o dato informático de acceso restringido".
Sin embargo, la fiscal porteña Daniela Dupuy dio un pronóstico mucho menos optimista y explicó las causas por las cuales Emmanuel Ioselli nunca o difícilmente iría a prisión.
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