El gobernador de Buenos Aires, Axel Kicillof , flexibilizó la cuarentena en aglomerados de menos de 500.000 habitantes, donde podrán reabrirse comercios de cercanía y también reactivarse obras de construcción privada.
Así se confirmó oficialmente, luego de que la Provincia recibiera pedidos en ese sentido de parte de varios intendentes de distritos donde no se registran casos de coronavirus.
Se trata de una apertura similar a la que ya rige en la ciudad de Buenos Aires, mientras que siguen quedando afuera restaurantes, bares, peluquerías y negocios de ropa, entre otros.
Esas medidas que relajan la cuarentena en el Gran Buenos Aires y también en el resto de la Provincia eran las que pedían casi todos los intendentes, aunque quedaron afuera otro grupo de excepciones que Kicillof decidió no conceder, sobre todo lo que tiene que ver a comercios de cercanía.
En primer lugar, se habilitarán las actividades manufactureras y de construcción privada, siempre y cuando se cumplan "todos los parámetros epidemiológicos y sanitarios requeridos por la normativa nacional y provincial".
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En ese marco, deberán presentarse estrictos protocolos sanitarios y de funcionamiento, y las empresas garanticen el traslado de los trabajadores, sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros.
En la misma línea, se aprobará la excepción para las actividades comerciales de cercanía que cumplan todos los parámetros sanitarios, que presenten los protocolos correspondientes y que sean operadas por sus propios dueños o con empleados y empleadas locales.
A partir de ahora, se podrán realizar compras "take away" en los locales gastronómicos, que ya funcionaban con delivery.
"Se sugiere, además, que la atención y entrega de los productos, de ser posible, se realice en la vereda de los comercios, sin necesidad de ingreso al local y con las medidas de distanciamiento social que correspondan", detallaron fuentes de la provincia.
En el área del AMBA y los aglomerados de más de 500 mil habitantes seguirá sin habilitarse actividades como los servicios de alojamiento, de peluquería y estética, venta minorista de productos textiles, prendas y accesorios de vestir; calzado, juguetes, artículos de esparcimiento y deportes, que sólo podrán hacerlo por venta telefónica o por canales electrónicos, con entrega a domicilio.
Una modalidad similar regirá para los servicios de comidas y bebidas que podrán hacerlo solo por entrega a domicilio o retiro en el local.