El Gobierno Nacional realizó modificaciones a la reglamentación del Impuesto a las Ganancias e incluyó a las indemnizaciones por despidos y la venta de inmuebles.
Así quedó establecido en el Boletín Oficial a través del decreto 976/2018, que contó con las firmas del presidente Mauricio Macri; el jefe de Gabiente, Marcos Peña; y el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne.
En el texto se detalla que deberán afrontar el tributo "las sumas que se generen con motivo de la desvinculación laboral de empleados que se desempeñen en cargos directivos y ejecutivos de empresas públicas y privadas".
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En el caso de esos despidos, el impuesto abarca únicamente a los que hayan ejercido el cargo al menos un año y y cuya remuneración bruta mensual supere en quince veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil, que hoy está en $10.700, es decir unos $160.500.
En el mismo decreto, el Gobierno incorporó como quinto apartado del artículo 2 de la ley del gravamen, dentro de su objeto, a los resultados derivados de la enajenación de inmuebles y de la transferencia de derechos sobre inmuebles adquiridos desde el 1 de enero, exceptuándose a los provenientes de la venta de la casahabitación del contribuyente".
La reforma impositiva sancionada a fines de 2018 dispuso que los inmuebles adquiridos a partir de 2018 pagarán 15% de impuesto a las Ganancias sobre la renta de capital (es decir, al diferencia entre el precio de compra y venta, actualizada) una vez que estos bienes se vendiesen.
Este tributo reemplazará al Impuesto a la Transferencia de Inmuebles ITI), del 1,5% sobre el total de la transacción.
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