Para simplificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, la AFIP lanzó el sitio exclusivo monotributo.afip.gob.ar.

La AFIP aprobó hoy el lanzamiento del nuevo portal web para monotributistas, con el objetivo de facilitar a esos contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

La medida quedó establecida a partir de una Resolución General del ente recaudador, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. “Apruébase el Nuevo Portal para Monotributistas (http://monotributo.afip.gob.ar), que tiene por objeto que los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes accedan, de forma simple e integrada, a través de un único sitio, a los recursos y servicios requeridos para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales”, según el texto oficial.

Para acceder al portal, deberá contarse con “Clave Fiscal” habilitada con Nivel de Seguridad 2, de acuerdo con lo dispuesto.

Además, la AFIP dispuso que los contribuyentes que opten por la adhesión o se encuentren adheridos al Régimen Simplificado deberán acceder al “Nuevo Portal para Monotributistas”, a los efectos de la adhesión, recategorización y demás trámites relacionados con su condición de pequeño contribuyente, ingresando a las siguientes opciones:

-- Adhesión al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS): “Alta Monotributo”.

-- Acreditación de la condición de pequeño contribuyente: “Constancias/Constancia de CUIT”.

-- Cambio de domicilio fiscal: “Datos personales/Domicilios”.

-- Modificaciones de datos (de actividad, altas o bajas de integrantes del grupo familiar primario): “Datos del Monotributo/Modificar datos del Monotributo”.

-- Recategorización cuatrimestral o confirmación de datos, según corresponda: “Datos del Monotributo/Recategorización”.

-- Cancelación de inscripción: “Datos del Monotributo/Darse de baja del Monotributo”.

-- Obtención de credencial para el pago: “Constancias/Credencial de pago”.

-- Visualizar cuantía y estado de cumplimiento de obligaciones mensuales (pagos, saldos y cálculo de deuda): “Inicio/Estado de cuenta”.

-- Constitución del domicilio fiscal electrónico: “Inicio/Domicilio Fiscal Electrónico”.

-- Emisión de factura electrónica: “Facturación/Factura Electrónica”. -- Inscripción como empleador: “Empleador/Voy a tener empleados”.

También, la AFIP explicó que los contribuyentes podrán asimismo acceder, con “Clave Fiscal”, a la opción “Mi Monotributo” desde la aplicación móvil denominada “Monotributo” que se aprueba por la presente y que permite ingresar mediante el uso de un dispositivo móvil (teléfono inteligente, tableta) con conexión a Internet, a los mismos recursos y servicios ofrecidos en el portal monotributo.afip.gob.ar”.

El organismo aclaró que se encuentran exceptuados de cumplir esa obligación, los pequeños contribuyentes inscriptos en el “Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social”.

La AFIP justificó esta decisión al señalar que es necesario “trazar un perfil preciso de cada contribuyente, a fin de darle un tratamiento diferencial en función de sus características y necesidades específicas”. “El avance tecnológico y la experiencia recabada, hacen necesaria la utilización de nuevas herramientas informáticas que ofrezcan al pequeño contribuyente, en forma simple e integrada, el acceso a determinados recursos y servicios para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales”, añadió.

Aparecen en esta nota:

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