El cambio puede hacerse en la web o a través de aplicaciones para celulares; todo lo que tenés que saber, en esta nota

Hoy es el último día para que los monotributistas puedan realizan los trámites para recategorizarse. Deberán hacerlo quienes trabajan bajo este régimen y tuvieron cambios en su facturación o en alguno de los parámetros del régimen simplificado, entre ellos los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados.

Los parámetros fueron actualizados para el periodo 2019 y tienen un 28,48% de aumento, respecto de los de 2018.

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Para saber si tenés que recategorizarte tenés que calcular los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida, los alquileres devengados y la superficie afectada a la actividad en los 12 meses inmediatos anteriores (enero 2018 a Diciembre 2018). Si como resultado de ese cálculo, se supera o queda por debajo de los límites de tu categoría, hay que recategorizar.

En el caso de que aún no hayas cumplido el año de monotributista pero si seis meses o más, deberás proceder a anualizar los parámetros a fin de determinar la recategorización.

Para esto se deberá sumar los ingresos de los meses transcurridos desde el inicio de actividad, hasta la finalización del semestre calendario por el que se recategoriza. Ese importe total deberá dividirse por la cantidad de dichos meses y multiplicarse por 12.

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Los contribuyentes que no están obligados a cumplir con la recategorización son los que, lógicamente, permanecen en la misma categoría del Régimen Simplificado y aquellos que aún no hayan cumplido los seis meses del inicio de la actividad.

En el portal de la AFIP se publicó una guía paso a paso sobre cómo llevar adelante el proceso de recategorización y podes verlo haciendo click aquí. Sino, podés seguir estos pasos:

Ingresar con clave fiscal al portal de Monotributo

Seleccionar la opción "Ver mi categoría - Recategorizarme" en la tarjeta "Mi Categoría - Recategorización"

Seleccionar la opción "Continuar recategorización"

Indicar la opción "Imprimir credencial"

Completar el formulario de Declaración Jurada 184, informando los nuevos parámetros.

El sistema emitirá el F.184 como comprobante de la recategorización realizada y la nueva Credencial de Pago

Aparecen en esta nota:

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Edición Nro. 15739

 

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