La medida fue dispuesta por la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal. Revocó un fallo de primera instancia y consideró que el BCRA vulneró los principios de transparencia al no divulgar la información solicitada.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal revocó este lunes un fallo de primera instancia y ordenó al Banco Central de la República Argentina (BCRA) que proporcione información pública relacionada con el envío de lingotes de oro al exterior. Esta solicitud había sido presentada por la Asociación Bancaria bajo la Ley de Acceso a la Información Pública.
En una resolución firmada por los jueces Guillermo Treacy y Pablo Gallegos Fedriani, la Sala V determinó que el BCRA no justificó de manera adecuada su decisión de declarar la “reserva total” de la información solicitada, afirmando que esta negativa vulneró los principios de transparencia y máxima divulgación. El tribunal concluyó que la respuesta del Banco Central se basó en “meras afirmaciones genéricas”, lo que impidió verificar la legitimidad de la restricción al acceso a la información.
Asimismo, mencionó que “la forma en que la demandada respondió a los requerimientos es incompatible con los principios de publicidad, máxima divulgación y transparencia”. La autoridad monetaria también se había negado a proporcionar a la Auditoría General de la Nación (AGN) detalles sobre el destino de los lingotes.
La autoridad monetaria, conducida por Santiago Bausili, sufrió un revés judicial.
El caso surgió de varios pedidos de acceso a la información presentados en julio y agosto de 2024, donde se solicitaban detalles sobre posibles envíos de lingotes de oro al exterior, las decisiones administrativas que los autorizaron, los funcionarios involucrados, los expedientes administrativos, la contratación de seguros y la posible intervención de la sindicatura del BCRA.
En primera instancia, el amparo fue rechazado con el argumento de que la información estaba sujeta a las excepciones del artículo 8 de la Ley 27.275, considerando que su divulgación podría afectar la seguridad de las reservas y el funcionamiento del sistema financiero. Sin embargo, la Cámara adoptó un enfoque diferente.
Según el fallo, “la configuración de alguna de las excepciones legales a la entrega de información pública no puede depender de una apreciación unilateral del sujeto obligado”, y enfatizó que es el Estado quien debe demostrar, de manera concreta, que la difusión de los datos solicitados causaría un daño a un interés legítimamente protegido.
La Justicia ordenó al Banco Central que brinde la información solicitada.
Los jueces también destacaron que el Banco Central no explicó “por qué no podría informar si se realizaron operaciones de envío de lingotes de oro al exterior y el monto involucrado, el ámbito en el que se tomó la decisión, la existencia de expedientes administrativos o la eventual notificación a la sindicatura”, entre otros aspectos relevantes para el control público.
La Cámara subrayó que la información solicitada está relacionada con “un asunto de indudable interés público”, como la administración de las reservas internacionales, y recordó que el derecho de acceso a la información se rige por el principio de máxima divulgación.
Al seguir el dictamen del fiscal general, el tribunal ordenó al BCRA que entregue la información solicitada o, en su defecto, que explique “de manera detallada y punto por punto” por qué ciertos datos no pueden ser divulgados y cómo su difusión podría poner en riesgo el sistema financiero o perjudicar los intereses del organismo. El fallo también impuso las costas de ambas instancias al Banco Central, al resultar vencido en el proceso.