En el texto, el Gobierno asegura que debió tomar esta decisión porque en 2018 la economía argentina fue afectada simultáneamente por una disminución en su capacidad exportadora y reversión en los flujos internacionales de capitales producto de medidas exógenas de política monetaria

Horas después del anunció que hizo el ministro de Hacienda, Hernán Lacunza, sobre el reperfilamiento de la deuda de corto plazo con el objetivo de descomprimir las necesidades financieras en dólares, el Gobierno oficializó hoy la medida a través del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 596/2019 que firmó el presidente Mauricio Macri.

Según el texto, las obligaciones de pago correspondientes a los títulos representativos de deuda pública nacional de corto plazo serán atendidas según un cronograma establecido por el ministerio de Hacienda.

En el texto el Gobierno asegura que debió tomar esta decisión teniendo en cuenta que en 2018 la economía argentina fue afectada simultáneamente por una disminución en su capacidad exportadora, consecuencia del impacto adverso de fenómenos climáticos sobre su producción agropecuaria.

Asimismo, señala que otra causa fue la reversión en los flujos internacionales de capitales producto de medidas exógenas de política monetaria, que ocasionaron una "imprevista devaluación" del tipo de cambio nominal frente al dólar estadounidense.

Esa situación, dijo el Gobierno, dio origen a un estado de incertidumbre en los mercados financieros, puesta de manifiesto por la pronunciada y sostenida caída de los precios de negociación de los títulos representativos de deuda pública nacional, que se hizo evidente en el resultado de las recientes licitaciones del pasado 13 y 28 de agosto de Letras del Tesoro Nacional, que indican una pérdida de acceso a nuevo financiamiento a través de los mercados.

Ante todo ello, advierte el Gobierno, por razones de prudencia que hacen a un "accionar de gobierno diligente", se impone la necesidad de adoptar en forma oportuna medidas preventivas, adecuadas y razonables, que interrumpan un proceso de deterioro económico que afecta adversamente a toda la sociedad y, especialmente, a los sectores más vulnerables e impacta sobre el proceso electoral en curso.

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Por esto, el Gobierno avanzará con en las respectivas fechas de vencimiento previstas en los términos y condiciones originales de las letras con la cancelación del 15% del monto adeudado a la respectiva fecha.

A los 90 días corridos del pago anterior, se pagará el 25% del monto adeudado a la fecha del pago previsto en el apartado anterior, más el interés devengado sobre el saldo de dicho monto, neto del pago efectuado según el apartado anterior.

El saldo remanente se cancelará a los 180 días corridos del pago previsto en el apartado uno.

Exclusivamente en el caso de las Letras del Tesoro Capitalizables en Pesos (Lecaps) que tengan vencimiento a partir del 1 de enero de 2020, el pago del saldo remanente luego del pago previsto en el apartado uno, será atendido íntegramente a los 90 días corridos de dicho pago.

La postergación dispuesta en virtud del artículo 1, no alcanzará a los títulos representativos de deuda pública nacional de corto plazo identificados en el Anexo que da cuenta el artículo 1, cuyos tenedores registrados al 31 de julio de 2019 en la Caja de Valores sean personas humanas que los conserven bajo su titularidad a la fecha de pago.

La postergación dispuesta en virtud del artículo 1, no interrumpirá el devengamiento de los intereses establecidos en los términos y condiciones originales. En caso de que dicha tasa sea variable, se continuará aplicando la misma metodología prevista en las condiciones originales según cada título de deuda.

El DNU lleva la firma de Macri y los ministros Marcos Peña, Rogelio Frigerio, Guillermo Javier Dietrich, Dante Sica, Jorge Marcelo Faurie, Oscar Raúl Aguad, Alejandro Finocchiaro, Carolina Stanley, Luis Miguel Etchevehere, Germán Carlos Garavano, Patricia Bullrich y Hernán Lacunza.

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