Ante las críticas, el proyecto de ley de extinción de dominio fue desempolvado y llega al recinto antes de que pierda estado parlamentario. Sin embargo, persisten las dudas sobre su aprobación.

Este miércoles será el día D para el postergado proyecto de extinción de dominio, una figura a través de la cual el Estado podría recuperar activos y bienes obtenidos como producto de la corrupción, el narcotráfico, la trata y otra serie de delitos complejos. Este tema polémico lleva años sin poder atravesar todas las instancias del Congreso y está previsto que finalmente se trate este miércoles, al cabo del debate sobre el permiso para allanar las propiedades de Cristina Kirchner. Ese hecho meramente testimonial no deja espacio para sorpresas, luego de que la ex presidenta se allanara a permitir la inspección, pero las dudas persisten respecto del debate posterior, que si logra avanzar deberá volver a Diputados.

Pero también podría terminar siendo rechazado, por más presión que le puedan haber metido a los senadores los miles de manifestantes que reclamaron ayer ante el Congreso.

Habrá que recordar en primer lugar que hubo un día en el que la extinción de dominio fue aprobada por unanimidad en el Senado. Fue en septiembre de 2014, pero la incautación de bienes estaba circunscripta a los delitos de narcotráfico. Como sea, el proyecto jamás pudo ser ley, pues no atravesó la instancia de Diputados.

Fue una de las banderas de Cambiemos cuando llegó al poder, pero en el proyecto que prosperó en Diputados prevaleció el texto elaborado por el massismo. Avanzó de la mano de otra iniciativa destinada a combatir la corrupción, la ley del arrepentido, y ambas fueron aprobadas en Diputados el 24 de junio de 2016. El mismo día en el que la Cámara baja aprobó el allanamiento a las propiedades de Julio De Vido.

La figura del arrepentido para casos de corrupción fue aprobada por 194 votos positivos y girada al Senado, luego de conseguir el apoyo del Frente para la Victoria gracias a la eliminación de la figura del “colaborador eficaz”. El kirchnerismo no aprobó en cambio la ley de extinción de dominio, que reunió entonces 135 votos a favor y 50 en contra.

El debate giró en torno a la posibilidad de decomisar sin condena previa, y las prevenciones fueron por la posibilidad de que pudiera ser declarada inconstitucional. Esa fue la razón que esgrimió el FpV al rechazar la ley. El proyecto que salió de Diputados establece que el Estado puede apropiarse y disponer de los bienes y activos obtenidos a través de la comisión de un delito, como corrupción, contrabando, lavado de dinero, narcotráfico, trata de personas, terrorismo, asociación ilícita, secuestro extorsivo, prostitución y pornografía infantil. A diferencia del proyecto aprobado en el Senado en 2014, el texto actual estaba planteado en la órbita civil y no penal. Una distinción sustancial, puesto que la ley apuntaba al bien y no a la persona.

“No son los principios del derecho penal los que rigen en el civil”, explicó en esa sesión el titular de la Comisión de Seguridad Interior, Luis Petri (UCR), al indicar que “lo que se debe demostrar en última instancia es el origen lícito o ilícito de ese bien”. Petri defendió además que la extinción de dominio sea imprescriptible y recordó que “la irretroactividad de la ley penal no rige en el derecho civil”.

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El proyecto sufrió a último momento un cambio fundamental en la Cámara de Diputados, por el cual Cambiemos cedió en parte a uno de los cuestionamientos más fuertes a la iniciativa. Tanto la oposición como el propio presidente de la Comisión de Justicia, Diego Mestre (UCR), reclamaban que el decomiso debería hacerse con previa condena, como una condición para garantizar el “principio de inocencia” del involucrado. “Considero que no están garantizados los principios constitucionales de defensa en juicio y de inocencia”, reconoció Mestre durante el debate en particular del proyecto en la Cámara baja. Por eso, el radical insistió en la necesidad de modificar el texto para que la extinción de dominio sólo pueda iniciarse “cuando exista un procesamiento penal firme en contra de quien se la pretenda instruir”.

El PRO, en la voz de Daniel Lipovetzky, se mantuvo firme en su postura y no aceptó ese cambio, pero sí introdujo una alteración para condicionar, de alguna forma, la medida que regula la ley. La modificación consistía en que para proceder a la extinción de dominio, será “condición” que un juez penal llame a prestar declaración indagatoria al afectado. De esta manera, se estableció una especie de conexión entre la acción penal y la acción civil, dado que el texto original, que promovía la jefa del bloque massista, Graciela Camaño, estaba puramente bajo la órbita civil.

En el Senado el tema también comenzó a ser tratado junto al proyecto del arrepentido, pero mientras este último pudo ser aprobado y volvió a Diputados con modificaciones para ser convertido en ley finalmente en octubre de ese mismo año, la extinción de dominio se empantanó en el marco de las duras críticas de los senadores y los especialistas que concurrieron a exponer sobre la misma.

Hugo Wortman Jofré centró su principal preocupación en que “simplemente con un llamado a indagatoria ya se puedan incautar bienes de una persona”. “El juicio ejecutivo implica que una persona puede perder sus bienes en diez días”, advirtió.

El doctor Edgardo Donna, profesor de la UBA, aseguró por su parte que “es inaceptable que esta ley entre al Senado”. “¿Cómo se le va a quitar los bienes a personas sin condena?”, cuestionó.

León Arslanian fue otro de los críticos: aseguró que el proyecto tiene “un texto que contiene rasgos escandalosos y errores de concepto”. “Esto es grave: se propone ejercer la acción de extinción de dominio sin que haya una sentencia penal”, alertó y agregó que “el proyecto viola el principio de inocencia, entre otros rasgos escandalosos”.

El 22 de agosto de ese año se anunció que el Senado modificaría el proyecto. Lo hizo el presidente de la Comisión de Acuerdos, Rodolfo Urtubey, quien anticipó la decisión de hacer “muchas modificaciones, algunas sustanciales”. No había una posición unificada en torno a la extinción de dominio en el bloque, pero en general consideraban los senadores opositores que debía desarrollarse en el marco del proceso penal. “Los jueces civiles no son jueces especializados en la materia, no tienen competencia que tenga que ver con analizar estrategias para esconder bienes que provengan de actividades delictivas complejas”, señaló Urtubey.

Finalmente el 15 de noviembre el proyecto obtuvo dictamen. El senador Urtubey informó las modificaciones a la media sanción de Diputados acordadas en el Senado, puntualizando que con los mismos “mejoraremos sustancialmente la ley”, y destacó que “la extinción de bienes provenientes de ilícitos se realizará en el fuero penal”.

El titular de Justicia, Pedro Guastavino, anticipó que el proyecto sería debatido en el recinto el miércoles 23 de noviembre y, de ser aprobado, iba a volver a Diputados. Sin embargo eso no sucedió ni en la última sesión de 2016, ni a lo largo del año siguiente, ni el presente.

Ante las críticas que responsabilizaban al peronismo por el no tratamiento del proyecto, que se encaminaba a perder estado parlamentario, el 4 de julio pasado el bloque de Miguel Pichetto presentó una iniciativa propia que, a diferencia de la media sanción de Diputados, se enmarca en el proceso penal. Al mismo tiempo, Cambiemos presentó uno propio, que mantiene la vía civil como instancia de trámite del proceso de recupero, pero articulándola con la causa penal que le sirve de precedente. La ventaja de este sistema es que no requiere condena penal firme, e impone al titular de los bienes sospechados la carga de probar la licitud de la adquisición para su defensa.

Asimismo la acción pude dirigirse contra los sucesores en caso de fallecimiento del autor del ilícito, mientras que el proyecto del peronismo no regula el supuesto del fallecimiento del demandado. Entre otras diferencias, la principal es que al mantener la causa dentro del fuero penal, solo alcanzaría a casos futuros, dejando afuera los casos que hoy se investigan, como el de los cuadernos.

Hay un tercer proyecto presentado por el kirchnerismo el mismo día en el que se firmaron los dictámenes, que apunta a “los corruptores” y también tiene en consideración a las cuentas offshore.

Con esos dictámenes se llega al debate de este miércoles. El de mayoría es el del peronismo, al que el oficialismo ya anticipó que no votará. Por eso es que Pichetto negoció el apoyo del FpV. Como sea, si ese es el que resulta aprobado, no será con los 2/3 que esperaba el Senado, y al volver a la Cámara baja, los diputados podrían ratificar el proyecto de ellos.

Previendo esto es que no debería sorprender que ninguno de los dictámenes puestos en consideración este miércoles logre ser aprobado, y así se caiga la ley. Sería un verdadero papelón, pero es una posibilidad muy concreta.

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