Una jueza ordenó al Gobierno de la Ciudad que habilite un sistema alternativo de asistencia para un trabajador que se negó a entregar sus datos biométricos.
La Justicia de la Ciudad de Buenos Aires suspendió la implementación del sistema de reconocimiento facial para el control de asistencia en un edificio público, tras el reclamo de un empleado que se negó a entregar sus datos biométricos.
La medida, dictada por la jueza Patricia López Vergara, del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N°6, obliga al Gobierno porteño a restablecer un mecanismo alternativo para el registro de ingreso y egreso del trabajador.
El fallo, emitido el martes 14 de octubre, tiene carácter precautelar, es decir, busca evitar un posible daño mientras se analiza la cuestión de fondo. La decisión alcanza al Palacio Lezama, sede de distintas dependencias del Ejecutivo porteño, y se aplica hasta tanto la Justicia determine si el sistema de control mediante reconocimiento facial cumple con las normas de protección de datos personales.
La causa se inició a partir de una acción de amparo presentada por el abogado Jonatan Emanuel Baldiviezo, miembro del Observatorio del Derecho a la Ciudad, en representación de un empleado público que trabaja en el edificio de Avenida Martín García 346.
En su presentación, el demandante solicitó que se declarara “la ilegalidad e inconstitucionalidad” del nuevo sistema, argumentando que la obligación de registrar datos biométricos vulnera el derecho a la privacidad y no cuenta con la debida autorización ni transparencia.
El conflicto comenzó el 16 de septiembre, cuando la Dirección General de Planificación y Control Operativo del Ministerio de Hacienda notificó al personal que los antiguos dispositivos de registro por huella digital serían reemplazados por un sistema de reconocimiento facial. Según el Observatorio, la comunicación advertía que quienes no revalidaran sus datos biométricos podrían quedar imposibilitados de acceder al edificio o registrar su asistencia.
Hasta ese momento, el trabajador afectado utilizaba el método de ingreso mediante número de DNI, debido a fallas en el lector de huellas. Pero el 30 de septiembre, denunció que el sistema de huella dejó de funcionar y se le computó una ausencia injustificada, ya que el reconocimiento facial era el único método habilitado.
La demanda sostiene que la decisión del Gobierno porteño “es ilegal y arbitraria” porque viola la Ley de Protección de Datos Personales, carece de “consentimiento libre e informado”, incumple el principio de “minimización de datos” y omite la “transparencia” requerida por la normativa vigente. Además, el empleado asegura desconocer si la administración registró la base de datos ante la Defensoría del Pueblo o si realizó una Evaluación de Impacto en la Protección de Datos previa a la implementación, como exige la ley.
Ante estos planteos, la jueza López Vergara consideró necesario dictar una medida inmediata “para resguardar los derechos del actor y evitar una situación dañosa durante el trámite judicial”. En su resolución, ordenó al Gobierno de la Ciudad:
Restablecer, en un plazo de dos días, la posibilidad de registrar la asistencia mediante huella dactilar.
Permitir el ingreso del demandante con su número de DNI mientras se mantenga el conflicto.
Informar, en un plazo de diez días, el procedimiento y la normativa que habilitó el reconocimiento facial, si se realizó un estudio de impacto en la protección de datos, si la base fue registrada, las razones de “interés general” que justifican el uso de información sensible y si existen sistemas alternativos para quienes no otorguen su consentimiento.
Además, la magistrada advirtió que el incumplimiento de la orden acarreará multas diarias de $10.000 al director general de Planificación y Control Operativo del Ministerio de Hacienda.
“Esta decisión judicial es un precedente fundamental para la protección de los datos personales y la dignidad de los trabajadores”, celebró Baldiviezo tras conocerse el fallo. Desde el Observatorio del Derecho a la Ciudad destacaron que el caso expone la falta de regulación y control sobre el uso de tecnologías de vigilancia biométrica en el ámbito estatal, un debate que ya tuvo eco en años anteriores cuando la Justicia porteña suspendió el Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos, también impulsado por el Gobierno de la Ciudad.
El nuevo pronunciamiento judicial vuelve a poner en discusión los límites entre la seguridad, la gestión administrativa y la privacidad de las personas, en un contexto donde el avance de las tecnologías biométricas exige marcos normativos claros y transparentes.