Así puede leerse en la Comunicación "A 5526", publicada en el sitio web del organismo, presuntamente para asegurarse de que las transacciones se concreten en el marco del circuito financiero institucionalizado.
Puntualmente, el documento dice que las operaciones "sólo podrá efectuarse con débito a una cuenta a la vista abierta en entidades financieras a nombre del cliente, o con transferencia vía MEP a favor de la entidad interviniente de los fondos desde cuentas a la vista del cliente abiertas en una entidad financiera, o con pago con cheque de la cuenta propia del cliente".
Una vez ingresados los datos, la AFIP permite la adquisición de dólares para "Viajes y turismo al exterior" y para "Tenencia de Moneda extranjera".
Para adquirir divisas, hay que hacer click en "Tenencia de Moneda Extranjera" y luego en "Ingreso de solicitud".
Luego, el sistema se encargará de determinar la cantidad de dólares que se otorgará a cada contribuyente, con un límite de 2 mil dólares mensuales.
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