La Ley 14.050, que regula las actividades en lugares de esparcimiento nocturno, fija un tope horario para ingresar a los locales bailables hasta la 2 de la madrugada y prevé el cierre a las 5.30. Una hora antes deberán suspender la venta de bebidas alcohólicas en sus barras. En tanto, la Ley Nº 14.051 contempla el aumenta las penas para los comerciantes que vendan bebidas alcohólicas a menores y prohíbe el expendio de alcohol para ser consumido fuera del establecimiento donde se realice la venta a partir de las 21 horas y hasta las diez .