El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires rechazó un pedido para que se declare inconstitucional la resolución que estableció un régimen de retención a la contratación de servicios de suscripción online.

El denominado "impuesto Netflix" tiene vía libre, luego de que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires rechazara este miércoles declarar inconstitucional la resolución de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) que estableció un régimen de retención en el Impuesto Sobre Ingresos Brutos (ISIB) a la contratación de servicios de suscripción online para acceder a contenidos que se transmiten por internet a TV y dispositivos móviles.

El impuesto se promovió en septiembre pasado y entra en vigencia en febrero de 2015. Los jueces Ana María Conde, Inés Weinberg, Alicia Ruiz, José Casás y Luis Lozano coincidieron en sostener que, tal como había sido formulada, la denuncia radicada por legisladores porteños del Frente Unen carecía de la fundamentación mínima que requiere una acción de la naturaleza.

Se calcula que el fisco porteño recibirá 2 pesos por cada abono de Netflix.Hoy, el mismo está en 8 dólares, que traducido en moneda local (más el recargo del 35% por el uso de tarjeta de crédito para consumos en el exterior), viene a ser unos 90 pesos. Y aclararon que la alícuota alcanzará exclusivamente a los proveedores de contenidos audiovisuales, no así a los proveedores de software.


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