La medida se adoptó como resultado de la auditoría realizada a Metrogas S.A. a efectos de fiscalizar el incumplimiento previsto de la Resolución N° 35/2020, informó este miércoles el Enargas.
La Resolución 422/2020 del organismo -que no se encuentra firme en razón de un recurso interpuesto por la Licenciataria- multó a la prestadora por $4.222.000 ante el incumplimiento del Artículo 5° de la Resolución N° 35/2020, recordó el Enargas.
Allí se había determinado que, en el contexto de la Emergencia Sanitaria, “cuando se obtenga la primera lectura real, la distribuidora deberá emitir la factura del periodo corriente en base a dicha lectura real y si surgieran diferencias a favor del usuario, el monto resultante deberá ser reintegrado en la misma".
"En caso de existir diferencias a favor de la prestadora del servicio de distribución, el monto resultante deberá imputarse en tres cuotas -iguales y consecutivas- en las facturas que se emitan con consumos a partir del 1/9/2020”, completó.
El proceso de auditoría ordenado por la Resolución 422/2020 se inició el 14 de diciembre de 2020.
Se fiscalizaron los reportes diarios de turnos facturados con vistas a identificar eventuales problemáticas, tomando en cuenta antecedentes de distintos tipos de reclamos presentados ante el Enargas y otras situaciones que pudieran haber surgido del análisis de la información.
Por último, se realizó una identificación de eventuales inconvenientes derivados del proceso de migración de datos en el cambio de sistema de facturación, implementado por la prestadora a partir de agosto de 2020 para los clientes de la zona de Barracas y en octubre de 2020 para el resto de los clientes.
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