Las víctimas colaterales del femicidio de su madre, en los casos en que el femicida haya sido su padre y que residan en la Ciudad de Buenos Aires, cobrarán una asignación mensual equivalente a una jubilación mínima hasta la mayoría de edad.
El Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat de la ciudad de Buenos Aires oficializó el sistema que permite a niños y adolescentes a inscribirse para recibir una remuneración económica, como indica la recientemente aprobada ley Brisa.
La normativa contempla una “reparación económica mensual equivalente a un haber jubilatorio mínimo para aquellas niñas, niños, adolescentes o jóvenes cuyo padre haya sido procesado o condenado como autor, coautor, instigador o cómplice del delito de femicidio contra su madre”, destacó en un comunicado la cartera que preside Guadalupe Tagliaferri.
Los hijos de una víctima de femicidio podrán acudir a la Dirección General de la Mujer para comenzar el trámite de inscripción que les permitirá “percibir una reparación económica hasta la mayoría de edad, y en el caso de personas con discapacidad, durante toda su vida”.
“Nos llena de orgullo que la Ciudad siga estando a la vanguardia en políticas públicas contra la violencia de género, ya que es la primera jurisdicción del país en contar con una reparación económica para los niños y jóvenes que perdieron a sus madres en manos de femicidas”, dijo Tagliaferri.
“La lucha contra la violencia de género y sus trágicas consecuencias da un paso adelante con la puesta en vigencia de esta legislación”, agregó.
La ley Brisa fue impulsada por la Defensoría del Pueblo porteña a instancias del trabajo desarrollado por la ONG “La Casa del Encuentro”, y al momento de su presentación obtuvo el respaldo del Gobierno de la Ciudad.
Agustina Señorans, flamante Subsecretaria de Promoción Social dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat del Gobierno de la Ciudad, explicó que la documentación necesaria para acceder a la reparación es:
- Partida de defunción de la madre.
- Partida de nacimiento de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes que acredite vínculo con la madre y el padre.
- Constancia de la autoridad judicial interviniente que acredite que el padre está procesado o condenado por hacer participado de alguna forma en el femicidio de su pareja.
- Certificado que acredite domicilio real de los hijos e hijas de la víctima, al momento del femicidio, en CABA. El femicidio pudo haber sucedido en otra localidad.
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