¿Cómo tramitar los reclamos en cada oportunidad y ante cada organismo? Habiendo muchas opciones en general el ciudadano puede decidir a cual concurrir, pero para ello tiene que conocer las alternativas de reclamos

(Segunda Parte) En diversas ocasiones difundimos los derechos de los consumidores en situaciones puntuales y también de manera genérica. Tratando siempre de puntualizar y trascribir la ley o los aspectos más específicos de casa norma que nos protege en la seguridad que el conocimiento de nuestros derechos facilita el ejercicio de los mismos. Y también los lugares donde reclamar

Habiendo muchas opciones en general el ciudadano puede decidir a cual concurrir, pero para ello tiene que conocer las alternativas de reclamos. Es esta ocasión vamos a completar la segunda entregas dominicales el desarrollo abreviado por el sitio www.derechofacil.gob.ar una de las alternativas gratuitas que existen.

Audiencias de Conciliación de COPREC

¿Qué pasa si no voy a la audiencia?

El Conciliador da por terminado el trámite conciliatorio pero podés iniciar un nuevo reclamo ante el COPREC.

¿Qué pasa si la empresa no va a la audiencia?

Si la empresa no va y no justifica su ausencia, se le impone una multa igual a 1 salario mínimo, vital y móvil. Si la empresa justifica la razón por la cual no fue a la audiencia, se fija una nueva audiencia.

¿Qué sucede si llego a un acuerdo con la empresa?

El acuerdo tiene que ser homologado, es decir, aprobado. Es un requisito indispensable para lograr la homologación, que el acuerdo tenga un plazo de cumplimiento. Por ejemplo, si reclamaste que arreglen algo que compraste, el acuerdo debe indicar el plazo dentro del cual deben arreglarlo.

¿Y si no llego a un acuerdo con la empresa?

El conciliador hace un acta y a partir de ese momento podés continuar tu reclamo ante: La Auditoría en las Relaciones de Consumo, si tu reclamo no es mayor a 15 salarios mínimos vitales y móviles. La Justicia Nacional en las Relaciones de Consumo, si tu reclamo es por un monto mayor a 15 salarios mínimos vitales y móviles.

¿Qué pasa si la empresa no cumple con el acuerdo?

Se le aplican las sanciones establecidas en la ley de Defensa del Consumidor. Auditoría en las relaciones de consumo

¿Qué puedo hacer si no llego a un acuerdo en el COPREC?

En ese caso, podes recurrir a la Auditoría en las Relaciones de Consumo que depende del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas.

¿Cualquier reclamo puede ser hecho ante la Auditoría de las Relaciones de Consumo?

No. Los reclamos deben ser por un monto igual o menor a 15 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.

¿Necesito un abogado para iniciar reclamo ante la Auditoría de las Relaciones de Consumo?

No, no es obligatorio. Podés contar con la asistencia de representantes de una asociación de consumidores o de organismos estatales de defensa del consumidor o con abogados de servicios de patrocinio jurídico gratuito. La autoridad de aplicación pone a tu disposición un servicio jurídico gratuito.

¿Cómo inicio un reclamo ante la Auditoría de las Relaciones de Consumo?

Con un formulario, en el que tenés que describir los hechos y el monto que pretendés como indemnización, que no puede ser superior a 15 salarios mínimos, vitales y móviles. En ese momento, debés indicar toda la prueba que tenés y acompañar la documentación que consideres necesaria.

¿Me citarán a una audiencia?

Sí. Dentro de los 3 días de recibido tu reclamo, el Auditor te citará a vos y a la empresa a una audiencia. Todo el procedimiento será oral y filmado.

¿En cuánto tiempo tendré una solución a mi reclamo?

En el mismo acto de la audiencia tendrás la solución a tu reclamo, a menos que no sea posible porque el asunto es muy complejo. En ese caso, dentro de los 5 días de la audiencia, tendrás una resolución.

¿Y si no estoy de acuerdo con la resolución de la Auditoría de las relaciones de consumo?

Podés interponer un recurso judicial para que resuelva la Cámara Nacional de Apelaciones en las Relaciones de Consumo o la Cámara de Apelaciones que corresponda. Aquí sí es obligatorio actuar con un abogado.

Justicia Nacional en las relaciones de consumo

¿Qué es la Justicia Nacional en las relaciones de Consumo?

Es el conjunto de jueces que tiene como misión escuchar tu reclamo y dictar una sentencia. Sólo se ocupan de relaciones de consumo. Cuando los juzgados queden formados, estarán integrados por Jueces de Primera Instancia y una Cámara de Apelaciones.

¿Cualquier problema surgido en una relación de consumo puede ser solucionado por estos jueces?

No. El monto de tu reclamo no debe ser mayor a 55 salarios mínimos, vitales y móviles.

¿A qué juez tengo que ir para hacer el reclamo?

Podés elegir por el juez.

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