La ley que prohíbe la difusión publicitaria de productos elaborados con tabaco ya cuenta con la reglamentación necesaria, tras haber sido publicada hoy en el Boletín Oficial.
La ley que prohíbe la publicidad de productos elaborados con tabaco y el consumo de cigarrillos en todos los espacios públicos cerrados ya cuenta con la reglamentación necesaria para hacer más efectivo su cumplimiento, tras haber sido publicada hoy en el Boletín Oficial.
La reglamentación se concreta a dos días de días de conmemorarse el Día
Mundial sin Tabaco que este año tiene como tema justamente la veda de
propaganda.
"Es fabuloso que se haya aprobado la reglamentación y lo celebramos con
mucha alegría porque es esencial para el efectivo cumplimiento de la ley
antitabaco porque garantiza la eficaz aplicación de la prohibición de
la publicidad", aseguró Marita Pizarro, coordinadora nacional de la
Alianza Libre de Humo Argentina (ALIAR).
El decreto de reglamentación para la ley 26.687, el 602/2013, crea
además la Comisión Nacional de Coordinación para el Control del Tabaco
que funcionará en la órbita del Ministerio de Salud "con el fin de
asesorar y coordinar políticas multisectoriales destinadas a la
aplicación" de esta norma.
La comisión será presidida por el titular del Ministerio de Salud y 12
representantes de distintos organismos públicos, entre ellos el Sedronar
y la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
La norma 26.687 establece en su artículo 5 la prohibición de "la
publicidad, promoción y patrocinio de productos elaborados con tabaco,
en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de difusión o
comunicación" y restringe "solo a carteles" la publicidad en los puntos
de venta habilitados.
Se entiende por productos elaborados con tabaco "los preparados que
utilizan total o parcialmente como materia prima tabaco y son destinados
a ser fumados, chupados, masticados, aspirados, inhalados o utilizados
como rapé", lo que incluye al cigarrillo pero también a mucho de
sustitutos
"La reglamentación resultaba esencial para limitar las excepciones de la
ley; para que los dos puntos débiles de la norma, que es la publicidad
permitida en puntos de venta y la existencia de clubes de fumadores, no
se convirtieran en un caballo de Troya que le permitiera a la industria
tabacalera desvirtuar el espíritu de la norma", explicó a Télam Verónica
Shoj, directora ejecutiva de la Fundación Interamericana del Corazón.
Es que, en su artículo 6, la ley antitabaco exceptúa de la prohibición
publicitaria al "interior de los lugares de venta o expendio de
productos elaborados con tabaco, conforme a lo que determine la
reglamentación", es decir, a kioscos y locales de venta de tabaco; pero
no especificaba dónde y cómo podía ser esa publicidad.
"Nosotros veníamos denunciando que, como no había reglamentación, las
tabacaleras metían publicidad en bares, discotecas y restaurantes; todos
lugares que no están habilitados como lugares de venta y donde
concurren jóvenes. Es decir que la industria transformó en punto de
venta cualquier lugar", agregó Shoj.
La médica contó que "en los kioscos publicitaban con pantallas que se
veían desde afuera, cosa que ahora no está permitido. Ahora sólo estarán
en los puntos de venta habilitados y sólo serán carteles de 30 por 30
que no se puedan ver desde afuera", dijo.
Por otro lado, la reglamentación establece las condiciones de
funcionamiento de los clubes de fumadores, uno de los ámbitos que la ley
exceptúa de la prohibición de fumar que rige para todos los espacios
cerrados y públicos.
"La reglamentación es importante en este caso porque establece con
claridad que esos clubes no pueden tener trabajadores, que tienen que
tener habilitación para funcionar como tales y que no pueden tener
ninguna actividad comercial, para que la industria no los transforme en
puntos de venta o extienda el concepto de clubes de fumadores a bares o
restaurantes", sostuvo Pizzarro.
Además, la reglamentación de la norma permitirá hacer efectiva la realización de controles y la aplicación de sanciones.
"Nosotros habíamos hecho denuncias pero como no estaba el reglamento, no
se podían mandar inspectores porque no estaba establecido el mecanismo.
Ahora tenemos la herramienta para que las sanciones se puedan llevar a
cabo", agregó Shoj.
Las especialistas coincidieron en que la tarea por delante es conseguir
la adhesión de "las 8 provincias en las que todavía no tienen una ley
provincial o de adhesión a la ley nacional para que la protección de la
salud sea para todas las jurisdicciones" y subir el precio para
desalentar el consumo, ya que Argentina "es el quinto país con
cigarrillos más baratos en todo el continente".
Shoj celebró la reglamentación de esta ley porque "es un gran paso y nos
coloca en una posición muy avanzada en relación a la región y al
mundo".
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