El único sentenciado por la explosión del edificio de la calle Salta que provocó 22 muertos fue el gasista matriculado Carlos García, quien recibió 4 años de prisión, mientras que los otros 10 imputados fueron absueltos

Un gasista matriculado fue el único condenado por la explosión que provocó la muerte de 22 personas en un edificio de Rosario tras un escape de gas hace seis años, mientras los otros diez imputados en el juicio oral resultaron absueltos por falta de pruebas.

El gasista Carlos García, que trabajó en el edificio el día de fuga de gas y posterior explosión, fue condenado a cuatro años de reclusión por el delito de estrago culposo agravado.

El tribunal integrado por los jueces Marcela Canavesio, Juan Leiva y Rodolfo Zavala, absolvió a los restantes acusados al considerar que existió "insuficiencia de pruebas" para condenarlos.

"Nos volvieron a matar a los 22, nos volvieron a quitar las esperanzas como en aquel 6 de agosto a todos los familiares", dijo tras conocerse el fallo Marcela Nisoria, viuda de una de las víctimas fatales del siniestro.

"Cayó un perejil, los que tienen poder ¿dónde están?", se quejó Adrián Gianángelo, cuya hermana de 21 años también murió en lo que el tribunal consideró "la peor catástrofe" que sufrió Rosario.

Jorge Magaz, padre de otra víctima fatal, Estefanía, dijo que "el resultado de esto es una vergüenza, quienes dieron muerte por negligencias y desidia tienen como resultado cero, es vergonzoso".

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La investigación por la explosión de una de las tres torres de un edificio ubicado en Salta 2141 de Rosario, ocurrida a las 9.38 del 6 de agosto de 2013, llevó a juicio oral a once imputados.

La Fiscalía acusó a 9 de ellos, al entender que el ayudante del gasista García y un inspector de Litoral Gas, Gerardo Bolaño, no tenían responsabilidad penal en el caso, aunque la única querella particular del juicio acusó a todos.

El tribunal decidió ayer absolver a ambos y dictar la misma resolución para los inspectores de Litoral Gas Guillermo Oller y Luis Curaba; al jefe de Mantenimiento de la empresa, Claudio Tonucci; y a la gerente Técnica, Viviana Leestra.

El mismo fallo absolvió también a tres integrantes de la administración del consorcio del edificio, Norma Bauer, Mariela Calvillo y Carlos Reppupili, acusados por estrago culposo agravado por las muertes.

Antes de la lectura de la sentencia, el tribunal realizó una serie de aclaraciones que hacían prever el resultado del fallo.

La presidenta, Canavesio, aclaró que "no estamos ajenos a la conmoción y el dolor" que el hecho causó, pero "no podemos desconocer la misión de un tribunal".

Así, explicó que el juicio no analizó las condiciones de prestación del servicio de la firma Litoral Gas ni los controles del ente del sector, el Enargás, sino las circunstancias ocurridas el 6 de agosto de 2013 y las posibles responsabilidades penales de quienes intervinieron.

La presidenta del tribunal agregó que su "obligación" consiste en analizar "argumentos jurídicos y no de interés social" por lo que los jueces "deben despojarse de sus propios prejuicios o de afirmaciones de alto impacto mediático".

También realizó críticas a la tarea de los acusadores al señalar que hicieron "interpretaciones erróneas" y planteos "contradictorios" que, a su criterio, impidieron contar con las pruebas suficientes para condenar a los acusados.

La fiscal del caso, Graciela Argüelles, adelantó que apelará la decisión del tribunal y consideró que "se produjo una prueba contundente que avalaba la responsabilidad penal no sólo del gasista, que está bien condenado, sino también de las otras personas".

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