La mujer de los Estados Unidos contagiada de HPV (virus del papiloma humano) por su ex pareja ganó una demanda de 5 millones de dólares.

Una corte de Misuri, Estados Unidos, falló a favor de una mujer que aseguró que contrajo una enfermedad de transmisión sexual (ETS) cuando tuvo relaciones con su expareja en su auto.

El Tribunal de Apelaciones del estado confirmó una sentencia de 5,2 millones de dólares contra Geico, la segunda empresa aseguradora de automóviles más importante en Estados Unidos, luego de que la compañía apeló una decisión tomada en una mediación a favor de la mujer.

El origen del problema se dio en 2017 cuando la mujer tuvo relaciones sexuales con su pareja de ese momento en un Hyundai Genesis 2014, que estaba cubierto por la compañía de seguros, según se lee en una denuncia del 2021.

Un año después de los hechos, en 2018, M. O. (como se identifica a la mujer en la denuncia) se enteró que contrajo el virus del papiloma humano (HPV).

Ella aseguró que el hombre con el que tuvo relaciones sexuales sabía que tenía HPV, pero no le contó, por lo que ella tuvo que asumir "gastos médicos y futuros" y "dolor y sufrimiento mental y físico".

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Geico, empresa de seguros de Estados Unidos, deberá pagarle a la mujer

Geico, empresa de seguros de Estados Unidos, deberá pagarle a la mujer

La mujer le informó a la aseguradora Geico que había iniciado una acción legal contra el hombre en la que señaló que se infectó por "negligencia" y que "la póliza de seguro del automóvil de su pareja de ese momento debería cubrir sus lesiones". Según la denuncia, ella pidió inicialmente un millón de dólares.

Geico rechazó el reclamo de la mujer y negó la cobertura por lo sucedido. El caso pasó a mediación, donde se concluyó que el hombre la había infectado de forma negligente, por lo que se le otorgó daños por 5,2 millones de dólares a la implicada, que debían ser pagados por la aseguradora.

La empresa solicitó la anulación, argumentando que la sentencia violaba su derecho al debido proceso, pero le negaron la petición. Por esta razón, Geico apeló.

El tribunal de Misuri se pronunció mediante un fallo en el que señala que Geico no tenía los fundamentos legales para apelar en varios puntos. Los jueces encontraron que la empresa perdió la oportunidad de participar y defender sus intereses cuando la mujer la contactó para reclamar por la póliza de seguro, pero "no aprovechó y negó la cobertura y se negó a defender al asegurado".

Además enfatizaron en que "no tenía derecho a volver a litigar los problemas" después de que un árbitro confirmara en un juicio que hubo responsabilidad y daños.

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