Ocurre bastante seguido que los trabajadores ingresan a trabajar y su empleador les hace firmar un contrato de trabajo a “plazo fijo”.

De esta manera les explican que, luego de vencido el plazo que dice en el contrato que por lo general es menor a un año, el contrato se termina y por ello también el trabajo para la empresa, aunque si andan bien es posible que se pueda renovar ese contrato.

En algunas oportunidades el contrato se renueva aunque luego de transcurrido el período de la renovación se termina el contrato.

Como ese documento firmado por el trabajador a “plazo fijo” dice que no tiene derecho a indemnización es muy bajo el nivel de trabajadores que saben que igualmente pueden reclamar por sus derechos.

Brevemente explicaré porque tienen derecho a reclamar una indemnización o reparación cuándo este contrato se termina.

En nuestro país el principio general es que los contratos de trabajo se celebran por tiempo indeterminado, es decir empiezan el día que el trabajador comienza a trabajar y terminan cuándo este se puede jubilar.

Si se utiliza otra forma u otro contrato por ejemplo y en el caso que estamos tratando el “Contrato a plazo fijo” el empleador debe probar que lo utiliza porque las tareas o las actividades así lo justifican quiero decir, que estas sean extraordinarias o que sean por un motivo ajeno al normal trabajo de la empresa en caso que no lo haga debe pagar al trabajador una indemnización.

Es importante que el trabajador pueda tener una copia del contrato a plazo o de los contratos, en este sentido debe pedirla al momento que lo firma.

En general el trabajo que efectúan las personas contratadas a plazo fijo es el mismo que efectúa el resto del personal, sumado a ello si el trabajador firma dos (2) o mas contrato a plazo fijo se convierte en uno por tiempo indeterminado.

En todos estos casos, el trabajador tiene derecho a cobrar una indemnización como cualquier trabajador. Esta se compone de la indemnización por antiguedad, indemnización por preaviso, integración mes de despido, aguinaldo y vacaciones proporcionales además de los días trabajados.

Importante es saber también que el trabajador no tiene nada que probar, es decir inclusive podría hasta no necesitar testigos que digan la tarea que hacía y demás porque es el empleador quién debe acreditar que utilizó el contrato a plazo fijo porque su actividad así lo requería.

En síntesis, deben saber que el contrato a plazo fijo por lo general no es bien utilizado y que Ud. tiene derecho a reclamar una indemnización.

Respuestas a casos planteados

1.-Trabaje 3 años por contrato a plazo fijo, me despidieron y me pagaron solo vacaciones y aguinaldo, ¿me corresponde algo más?

Te corresponde que te paguen la indemnización por antigüedad, preaviso e integración del mes de despido además de que te entreguen los certificados de trabajo.

2.- ¿Cuanto tiempo tengo para reclamar mi indemnización luego de terminado el plazo del contrato a plazo fijo?

Tenes dos años luego de que se terminó tu trabajo.

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