La alícuota es del 12% aunque no podrá exceder los cuatro pesos por cada dólar; regirá hasta el 31 de diciembre de 2020

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en vigencia la aplicación de retenciones a la exportación de servicios. La medida, que tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020, impone una alícuota del 12%, aunque el gravamen no podrá exceder los cuatro pesos por cada dólar del valor imponible.

Según el comunicado oficial del organismo que dirige Leandro Cuccioli, están exentas las pequeñas y medianas empresas que hayan facturado menos de 600 mil dólares anuales y no deben presentar una declaración jurada si en el período fiscal aún no superó el límite mencionado. En caso de facturar más, deben pagar sobre el excedente.

Los contribuyentes deberán ingresar al servicio "Sistema de Cuentas Tributarias" en la página web de la AFIP y elegir la opción "Conformación de Derechos de Exportación", con una clave fiscal Nivel de Seguridad 2 como mínimo. Allí, visualizarán la declaración jurada en la que deberán confirmar los datos presentados por el sistema.

El pago deberá concretarse dentro de los 15 días hábiles del período mensual posterior a la exportación. En el caso de aquellos contribuyentes que hayan exportado servicios al exterior por menos de dos millones de dólares anuales, se les otorgará un plazo de pago de 45 días corridos adicionales, sin intereses.

ADEMÁS:

A 30 años del ataque a La Tablada, la última acción de la guerrilla en Argentina

El gobierno defendió el DNU y aclaró que la norma ya rige

A principio de este año, el Gobierno anunciaba la medida y definía prestación de servicios a "cualquier locación y prestación realizada en el país a título oneroso y sin relación de dependencia, cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior".

Esto incluye a los servicios basados en el conocimiento, un sector que agrupa a más de 10.000 empresas, de las cuales cerca de la mitad corresponde a la exportación de software, de acuerdo a los datos de Argencon, entidad que agrupa a las firmas del rubro.

Grandes compañías como Accenture, Globant, IBM, entre otras, se verán afectadas. Para el decreto, los ministerios de Hacienda y Producción y Trabajo recibieron comentarios de las cámaras empresarias, que trataron de que se "lastime" lo menos posible al sector y evitar que se relocalicen las empresas en otros países.

Aparecen en esta nota:

Contacto

Registro ISSN - Propiedad Intelectual: Nº: RL-2025-11499155-APN-DNDA#MJ - Domicilio Legal: Intendente Beguiristain 146 - Sarandí (1872) - Buenos Aires - Argentina Teléfono/Fax: (+5411) 4204-3161/9513 - [email protected]

Edición Nro. 15739

 

Dirección

Propietario: Man Press S.A. - Director: Francisco Nicolás Fascetto © 2017 Copyright Diario Popular - Todos los derechos reservados