El autor es Comodoro de Marina de la Armada Argentina, Veterano de Guerra de Malvinas en situación de retiro, “Master in Defence Studies” por el Royal Military College of Kingdom, Canadá y Coordinador del IEEDN,
A mediados de 2023 un instituto privado denunció la falta de capacidades del Sistema de Defensa Nacional. Esta vez, el mismo Instituto de Estudios Estratégicos para la Defensa Nacional (IEEDN) vuelve a hacer pública su profunda preocupación frente a un indispensable “renacer” de Argentina junto con su Sistema de Defensa Nacional, cuyo futuro para el corto y mediano plazo se jugaría el próximo septiembre.
Los profesionales afirman que en septiembre de este año deberían darse dos hitos fundamentales para la inmediata y mediata Defensa Nacional de todos los argentinos.
Según el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional 1729/07, la DPDN debería ser promulgada en septiembre del primer año de gobierno, contemplando tres asuntos: un análisis de la situación, la política de Defensa, y las directrices a cada integrante del Sistema de Defensa Nacional.
En cuanto a la situación, en el IEEDN esperan que la próxima DPDN haya motivado al Presidente para convocar Consejo de Defensa Nacional (CODENA) en estos nueve meses de gobierno, con el fin de hacer el apropiado diagnóstico de la situación internacional, regional y local. El CODENA, cuyo presidente es el Presidente de la Nación y Cdte. en Jefe de las FFAA, y su secretario es el Ministro de Defensa, tendría la función de diagnosticar los grandes problemas de Defensa, como, por ejemplo:
La preocupación de los expertos en cuanto a la POLÍTICA DE DEFENSA propone:
Además, los expertos del IEEDN esperan que las DIRECTRICES, en la tercera parte de la DPDN, asignen a todos los integrantes del Sistema de Defensa Nacional, las responsabilidades completas previstas en la Constitución Nacional, la Ley de Defensa Nacional, la Ley de Reestructuración de las FFAA, la Ley de Seguridad Interior y la Ley de Inteligencia, aparte de otras múltiples normas de menor nivel existentes.
Las obligaciones del Presidente, Vicepresidente, Jefe de Gabinete de Ministros, todos los Ministros del Poder Ejecutivo, las dos cámaras del Congreso, el Poder Judicial y, de importancia fundamental, las de todo el pueblo argentino con la Defensa Nacional, deberían están precisadas en la DPDN de este Septiembre.
Por ejemplo, se espera que el Presidente lidere la función política de todos los argentinos y militar de la Defensa Nacional.
Que el Vicepresidente esté listo a reemplazar al presidente en su rol de Defensa y militar, aparte de liderar la Cámara de Senadores.
Que el jefe de gabinete de ministros elabore una estrategia nacional y su directiva, coordine y confeccione el presupuesto nacional contemplando el 1,5 % del PBI en su gestión y lo ejecute, y que genere sinergia entre todos los organismos del Estado Nacional, especialmente en asuntos de seguridad nacional (incluyendo la Defensa).
Que el secretario de inteligencia advierta y discrimine la existencia de agresores y amenazas, así como consecuentes perjuicios (magnitud, importancia, tiempo), riesgos (probabilidad e impacto tentativo) y oportunidades.
Que los diputados nacionales, responsables del presupuesto nacional y el reclutamiento de tropas, elaboren una ley de reservas y movilización que ordene la participación de todo el pueblo argentino en la Defensa Nacional. Por lo menos, en su educación.
Que los senadores nacionales autoricen al Presidente a declarar el estado de sitio en caso de ataque exterior, cuando las medidas preventivas y disuasivas no dieran resultado. Que se preocupen por la invasión británica a nuestras islas, las amenazas transnacionales y los eventuales ataques de fuentes desconocidas
Que todos los legisladores nacionales sean responsables de la seguridad de fronteras, tratados internacionales relacionados con la Defensa Nacional, fijar las fuerzas armadas en tiempo de paz y guerra, dictar las normas para su organización y gobierno, permitir la introducción de tropas extranjeras en el territorio de la Nación y la salida de las fuerzas nacionales fuera de él, y declarar en estado de sitio uno o varios puntos de la Nación en caso de conmoción interior, y aprobar o suspender el estado de sitio declarado, durante su receso, por el Poder Ejecutivo. Que promuevan la solución del problema de los militares en presidio y se evite la participación ilegal de militares en seguridad interior. Que los legisladores de Tierra del Fuego ejerzan su influencia en la política de Defensa y su presupuesto al tener cercenada su provincia en manos británicas.
Que todos los ministros y secretarios de Estado del poder ejecutivo nacional tengan en cuenta a la Defensa Nacional entre sus decisiones, para favorecer capacidades y evitar vulnerabilidades.
Los jueces del poder judicial deben impartir justicia en cuestiones vinculadas a la Defensa Nacional y tener en cuenta los intereses nacionales, las capacidades necesarias, los agresores internacionales y las amenazas existentes.
Todo el pueblo argentino (ciudadanos argentinos y habitantes) debe cumplir el Art. 21 de la Constitución Nacional, estar dispuesto a armarse en defensa de la Patria y la Constitución Nacional, y capacitarse en Defensa Nacional. La Ley de Defensa prescribe en el Art. 6 que la Defensa es un derecho y un deber para todos los argentinos y el Art. 9 que todo el pueblo argentino es parte del Sistema de Defensa Nacional.
Es por ello necesario que el Ministerio de Educación y el Ministerio de Defensa elaboren e implementen un Plan de Educación en Defensa Nacional para todos los argentinos a lo largo de todos los niveles educativos. Ello debe complementarse con el faltante plan de movilización y reservas.
A partir de septiembre de 2024 el Congreso debe trabajar en el presupuesto del próximo año 2025 entregado por el Poder Ejecutivo, en base a los agresores con sus perjuicios, y las amenazas con sus riesgos sobre los intereses vitales y estratégicos de la República Argentina.
Merece tenerse en cuenta el horizonte presupuestario elaborado en el primer ciclo de planeamiento de la Defensa Nacional (único conocido y publicado en el Libro Blanco de la Defensa Nacional) que establecía alcanzar: el 1,5 % del PBI para la Jurisdicción Ministerio de Defensa antes de 2016, valor equivalente al promedio sudamericano del momento, para luego mantenerlo. [2]
Como vemos en el gráfico la inversión en defensa de los últimos 30 años es ampliamente menor de lo necesario para iniciar un “renacer de Argentina y su Sistema de Defensa Nacional”, acorde al valor de los intereses vitales de Argentina, que son su existencia misma: el pueblo, su territorio y su independencia.
Ante 40 años de desfinanciamiento del Sistema de Defensa Nacional, que provocaron el 90 % de riesgo nacional en sus intereses vitales y menos de un 10 % de las capacidades de Defensa necesarias, el IEEDN promueve con énfasis y sobrada justificación que el horizonte presupuestario a ser contemplado en la DPDN sea el 1,5 % del PBI (aproximadamente el promedio sudamericano) a ser alcanzado en el último año del período de gobierno actual. Es decir, pasar del 0,7 % del PBI actual al 1,5 % en 2027, correspondiendo incrementar al 1,00% PBI para el año 2025, al 1,25 % para 2026, y el 1,5 % del PBI para 2027. Los intereses en juego de todos los argentinos hacen indispensable que la ley de presupuesto, como la DPDN, lo contemplen.
Política y presupuesto necesitan determinación, coordinación y sinergia ejecutiva y legislativa para ser efectivos. Septiembre de 2024 es un mes clave para la Defensa Nacional de todos los argentinos en los próximos tres años, y para un renacer potente de Argentina con un apropiado Sistema de Defensa, proporcionado con el valor, afectaciones y riesgos de sus intereses. Argentina y los argentinos valemos mucho más de lo que creemos y debemos estar dispuestos y capacitados para defendernos.
[1] El Art. 51 de la Carta de las Naciones Unidas habilita la autodefensa.
[2] Ministerio de Defensa. Libro Blanco de la Defensa Nacional 2010. Pág. 248. https://cdi.mecon.gob.ar/bases/docelec/ac1052.pdf