El Gobierno buscará que el Senado de media sanción al polémico proyecto del ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, que libera totalmente la compraventa de tierras rurales a particulares extranjeros.
El Senado debate una polémica reforma que busca cambiar la legislación que regula la propiedad y posesión de tierras rurales en Argentina, en uno de los capítulos del proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada.
El polémico proyecto del ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, libera totalmente la compraventa de tierras rurales a particulares extranjeros.
La idea central es derogar los límites para la compra de extranjeros, que son del 15% del territorio nacional (misma cifra para provincias y municipios) y un máximo de 1.000 hectáreas en la zona núcleo (o su equivalente) por cada individuo. También desaparece la prohibición específica de adquirir tierras con cuerpos de agua permanentes y de envergadura.
La iniciativa, en análisis en el Congreso, busca regular la tenencia de tierras rurales. El texto apunta a impedir que estados extranjeros o compañías bajo su control directo o indirecto accedan a inmuebles rurales, un fenómeno que generó controversias en los últimos años. Según el dictamen, las provincias mantienen la jurisdicción sobre sus territorios, pero el Gobierno nacional supervisa las autorizaciones para las operaciones de compra que involucren a extranjeros.
El documento establece que los extranjeros conservan los derechos reconocidos por la Constitución, pero introduce restricciones específicas para la adquisición de campos rurales. El límite para personas físicas y jurídicas extranjeras se fundamenta en la preocupación por el avance de fondos y empresas estatales sobre recursos estratégicos. De acuerdo al proyecto, queda prohibida la compra de tierras rurales por parte de cualquier estado extranjero. Esta prohibición se extiende a empresas con participación estatal extranjera, a menos que cuenten con una autorización expresa tanto de la provincia donde se encuentre el inmueble como del Poder Ejecutivo Nacional.
El dictamen precisa que, si no hay respuesta oficial a la solicitud de autorización en los plazos previstos, la operación se considera aprobada por el mecanismo de “silencio administrativo” al cabo de 180 días de entrada en vigencia de la ley.
La regulación para zonas fronterizas incorpora exigencias adicionales. Para adquirir inmuebles rurales ubicados en áreas de seguridad de frontera, los extranjeros deben obtener el aval tanto de la provincia como del Poder Ejecutivo Nacional, bajo el mismo esquema de plazos y aprobación automática si no hay respuesta.
Milei ya había intentado derogar por completo la Ley de Tierras Rurales (26.737) a través del “mega DNU desregulador” 70/23, pero en 2024 una presentación judicial del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (Cecim) frenó la medida. Si bien en primera instancia el fallo fue negativo, el organismo apeló y la Cámara Federal de La Plata ratificó la cautelar y elevó el caso a la Corte Suprema. Mientras no haya sentencia definitiva, la ley sigue vigente.
En la actualidad, ninguna provincia supera el 15% de su superficie en manos de extranjeros, según la última actualización disponible (agosto de 2025) del Registro de Tierras Rurales dependiente del Ministerio de Justicia, pero el escenario empeora a nivel departamental: en más de treinta localidades sí se sobrepasa dicho porcentaje.
La provincia más extranjerizada es Salta (11,31%), seguida por Misiones (11,29%), San Juan (10,36%), Mendoza (9,06%), Catamarca (8,22%) y Santa Cruz (8,11%). A su vez, los departamentos con más de la mitad de su superficie total en manos foráneas son San Carlos, en Salta (59,82%); Molinos, en la misma provincia (57,79%); General Lamadrid, en La Rioja (56,70%); Lacar, en Neuquén (54,17%) y Campana, en Buenos Aires (50,27%).
Brasil mantiene una de las regulaciones más estrictas de la región.
La Ley 5.709/71 limita la propiedad extranjera al 25% del territorio de cada municipio, mientras que una misma nacionalidad no puede concentrar más del 10% de esa superficie. Además, el Instituto Nacional de Colonización y Reforma Agraria (INCRA) controla el registro de esas operaciones.
En comparación, el proyecto argentino elimina los topes para los inversores privados, por lo que el esquema sería considerablemente más flexible que el brasileño.
Uruguay tampoco impide la compra de campos por extranjeros, pero exige mecanismos de identificación y transparencia. La legislación obliga a identificar a los accionistas de las sociedades propietarias, registrar la titularidad de las tierras y transparentar la composición de las empresas.
Incluso, el Parlamento uruguayo analiza iniciativas para reforzar los controles sobre las adquisiciones de tierras, especialmente en las zonas fronterizas.
De aprobarse la reforma impulsada por Milei, Argentina pasaría a tener un régimen menos restrictivo que el uruguayo.
Paraguay presenta uno de los mayores niveles de participación extranjera en la propiedad rural.
Diversos estudios estiman que entre el 14% y el 19% del territorio pertenece a propietarios extranjeros y que, en algunos departamentos fronterizos, esa participación alcanza hasta el 60%, principalmente por inversiones brasileñas.
Sin embargo, ese fenómeno responde a un proceso histórico y no implica un esquema de apertura irrestricta como el que propone la iniciativa argentina.
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