La resolución fue publicada en el Boletín Oficial. Los contribuyentes que se excedan en el límite de facturación no pasarán automáticamente al régimen general

A través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que los monotributistas que facturen por encima de los topes previstos en Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes no serán excluidos, al menos hasta marzo de 2020.

La resolución se basa, según el organismo tributario, en la estrategia del gobierno de tomar “medidas tendientes a amortiguar” el impacto de la crisis. Asimismo, desde el ente aseguraron que esta medida beneficiará a más de 5000 contribuyentes por mes.

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"En ese contexto, resulta procedente establecer la suspensión hasta dicha fecha del procedimiento sistémico de exclusión de pleno derecho del monotributo previsto en los artículos 53 a 55 de la Resolución General 4309 y su modificatoria", sostuvo la AFIP en un comunicado.

Cabe destacar que hasta ahora, para permanecer en el régimen, los monotributistas no debían superar $1.726.600 de facturación anual (o $1.151.066 en el caso de la oferta de servicios). Al excederse, son dados de baja del régimen simplificado y de alta en los tributos correspondientes al régimen general, donde deben pagar IVA, Ganancias y Autónomos.

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