La Corte Suprema dio a conocer el fallo luego del recurso que plantearon las provincias. De esta forma, el Estado Nacional se tiene que hacer cargo de las rebajas

La decisión la tomó la Corte Suprema de Justicia y, ahora, dio a conocer un fallo a favor de las provincias. El Estado Nacional tiene que hacerse cargo de las rebajas en IVA y Ganancias.

A través de una resolución, estableció que la reducción del IVA y del Impuesto a las Ganancias "no puede afectar los fondos de coparticipación que corresponden a las provincias". Lo informó este mediodía a través del Centro de Información Judicial.

Esto alcanza a las medidas que tomó el Gobierno Nacional tras las PASO del 11 de agosto para tratar de mejorar la situación económica.

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Los juicios fueron tramitados en forma directa ante la Corte por los gobiernos de Catamarca, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y Tucumán.

El Centro de Información Judicial (CIJ), dependiente de la Corte, difundió la decisión adoptada en el caso de Entre Ríos; solución cuyos argumentos fueron similares a los de las otras provincias.

El decreto 561/19 encomendó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) una reducción en la base de cálculo de las retenciones del impuesto a las ganancias a determinados sujetos; y una reducción de un 50 por ciento de los anticipos que deban ingresar los trabajadores autónomos en concepto de impuesto a las ganancias en los meses de octubre y diciembre del ejercicio 2019.

El decreto 567/19 dispuso una alícuota del 0 por ciento en el IVA para la venta de ciertos productos de la canasta alimentaria hasta el 31 de diciembre de 2019 inclusive.

Las provincias coincidieron en argumentar que las normas del PEN le provocaban perjuicios multimillonarios, con la detracción de sumas que ya habían sido incorporadas en el presupuesto para este año, afectando recursos destinados a la población.

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