Fue dispuesto por el Ministerio de Trabajo provincial, a partir de una presentación realizada por la filial Lanús-Avellaneda sobre el pago de montos no remunerativos.
A partir de un pedido del Sindicato de Empleados de Comercio Lanús-Avellaneda, el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires dictaminó a favor del pago de montos no remunerativos establecidos al reconocer la validez del artículo 10 establecido el acuerdo paritario de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS)
En ese sentido, la cartera laboral que encabeza Walter Correa señaló que "esta decisión, se funda en las actitudes de algunas empresas que aprovechando la falta de homologación del acuerdo paritario nacional no abonaron a los trabajadores, desoyendo lo que las Cámaras oportunamente suscribieron".
Así, el dictamen entiende que no corresponde abonar el pago a cuenta hasta que se homologue definitivamente la paritaria. Asimismo, aclara que los pagos no remunerativos pueden ser abonados antes de la homologación, según lo pactado en la instancia de negociación.
Esta situación, resuelve la incertidumbre de los trabajadores que tenían un acuerdo firmado y garantiza el cumplimiento de los acuerdos laborales, brindando "tranquilidad a los trabajadores que no estaban percibiendo ese pago debido a la falta de homologación", remarcaron desde la cartera laboral.
Cabe destacar que, ante el pedido de la organización sindical, el Ministerio que conduce Walter Correa vertió esta opinión "en favor de mantener la paz social y para garantizar los derechos de los trabajadores y trabajadoras". "Sumado a que el Gobierno nacional puso un cepo a la negociación colectiva y no homologó el acuerdo alcanzado entre la organización gremial y las diversas cámaras del sector", añadió.
En este sentido, los representantes del SECLA consideraron que "este pronunciamiento fortalece la plena vigencia de los derechos acordados y garantiza la continuidad del cumplimiento de las condiciones pactadas".
"El dictamen Nº339/2025 reafirma que esta cláusula resulta válida, exigible y se encuentra respaldada por la legislación vigente, ratificando así el principio de buena fe y la autonomía colectiva en el marco del CCT 130/75", mencionaron.
En tanto, el subsecretario de Relaciones del Trabajo, Andrés Reveles sostuvo: "El pronunciamiento del Ministerio es una clara demostración de que en la Provincia de Buenos Aires se cumple con la Constitución provincial que garantiza la defensa de los principios del derecho del trabajo tales como progresividad, irrenunciabilidad de los derechos y justicia social".
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