Se trata de Nélida Bisio y Gabriela Mantecón Fumadó, pertenecientes a la ANMAT, a quienes el juez consideró que son partícipes necesarias del delito de “adulteración de sustancias medicinales”.

La ex titular de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnologías (ANMAT) Nélida Agustina Bisio y la ex directora del Instituto Nacional de Medicamentos (INAME) Gabriela Mantecón Fumadó fueron procesadas este martes en el marco del caso que investiga a los laboratorios HLB Pharma y Ramallo S.A. por las casi 100 muertes derivadas del fentanilo contaminado.

El juez federal de La Plata Ernesto Kreplak dictó la medida por considerar "prima facie" a ambas acusadas partícipes necesarias del delito de "adulteración de sustancias medicinales".

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El magistrado dispuso un embargo de 500 millones de pesos, la continuidad de la prohibición para salir del país y la inhibición de general de bienes para las dos ex funcionarias, cuya decisión deberá ser comunicada al Registro de la Propiedad Inmueble de la provincia y la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA) y a los Registros Nacionales de Buques y Aeronaves.

A comienzos de agosto de este año Bisio y Mantecón Fumadó fueron detenidas y luego excarceladas al pagar una fianza de $75 millones cada una. A su vez, prestaron declaración indagatoria ante el Kreplak.

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En el caso hay 14 procesados, entre los que se encuentran Ariel Fernando García, Nilda Furfaro, Damián Garcia, Diego García, José Antonio Maiorano, Horacio Antonio Tallarico, Rodolfo Antonio Labrusciano, Carolina Ansaldi, Víctor Boccaccio y Javier Tchukran.

El caso comenzó el 13 de mayo de 2025, cuando el Hospital Italiano de La Plata detectó un brote infeccioso inusual en pacientes internados que habían recibido fentanilo de la marca HLB.

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Los análisis posteriores determinaron que las ampollas estaban contaminadas con bacterias como Klebsiella pneumoniae y Ralstonia mannitolilytica, microorganismos que luego fueron encontrados también en los hemocultivos de pacientes fallecidos en hospitales de distintas provincias.

Según la resolución judicial, el medicamento adulterado fue producido en condiciones “plagadas de serias deficiencias”, con graves incumplimientos de las Buenas Prácticas de Fabricación, controles microbiológicos irregulares y documentación presuntamente adulterada para aparentar procesos de calidad que, en realidad, no existían.

“El apartamiento de los criterios técnicos y pautas procedimentales administrativas contaron con el consentimiento y participación de Bisio en su calidad de administradora nacional de la Anmat”, calificó Kreplak en el documento de casi 300 páginas.

A criterio del magistrado, eso sucedió en dos casos. El primero, con un “acuerdo infrareglamentario consumado” durante un encuentro del 14 de enero del año pasado con representantes de HLB Pharma y Laboratorios Ramallo en la sede central de la Anmat. De esa reunión con dos empresas que estaban siendo controladas por irregularidades en la producción de medicamentos no quedó registro oficial alguno y, además, ambas exfuncionarias omitieron mencionarlo inicialmente.

El segundo caso fue al no suscribir una carta de advertencia a HLB Pharma. “Era este último acto el que contenía una prohibición expresa de no comercialización [de fármacos]”, amplió el juez. “En ambos casos se verifica, efectivamente, un insuficiente ejercicio del poder de policía sanitario al cual se encontraba obligada como titular de la Anmat”, agregó sobre las omisiones de Bisio.

En cuando a su subordinada, Mantecón Fumadó, el juez enumeró un desentendimiento “por completo” de los plazos que definen las normas vigentes para dictar una medida extrema como es una carta de advertencia -en este caso, para Ramallo- o la inclusión de “actos no reglados” en los procedimientos a seguir como exdirectora del Iname como fueron las entrevistas -tanto formales como informales- con los dueños de las empresas a sancionar.

“Inclusive, selló un pacto con aquéllos -que, como vimos, no fue el primero- para eludir la emisión de la carta [de advertencia]”, sumó el juez. “A la par, “cajoneó” el proyecto de carta de advertencia de HLB por más de cuatro meses, sin darle al expediente respectivo ningún tipo de trámite durante ese lapso."

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