Pese a que no existirían dudas relacionadas al informe redactado tras el partido entre Boca y San Martín, el referi fue convocado ante el tribunal de disciplina para definir por el caso Orion. Hay tres artículos en danza, cuya aplicación implica si se pierde o no el superclásico.Hoy se define.
Aunque el informe de Patricio Loustau no deja lugar a dudas, el árbitro fue citado por el tribunal de disciplina para declarar hoy sobre la expulsión a Agustín Orion de la sexta fecha, para luego definir la cantidad de fechas que le aplicarán al arquero de Boca. Tras recibir el escrito, el jugador declaró el jueves de la semana pasada e hizo su descargo ante lo inapelable: "Juego brusco grave y uso desmedido de la fuerza". Sin embargo, después de escuchar al guardameta Xeneize, solo le aplicaron una fecha provisionalmente y esta tarde quieren escuchar al hombre de la Asociación Argentina de Arbitros.

La convocatoria no cayó bien en la asociación ni en el propio árbitro, que entiende que su informe está confeccionado con corrección y del mismo modo que los realizados tras cada partido y por los cuales en AFA no tuvieron, hasta ahora, la necesidad de convocarlo "a dar explicaciones". El propio director nacional de arbitraje, Miguel Angel Scime, había ponderado el documento: "Se ajustó a derecho con Orion. Me pareció correcto lo que hizo. Lo expulsó por un juego brusco grave y por uso desmedido de la fuerza". 

En ese escenario, los árbitros explican con reserva y fuera de micrófono un único motivo: faltan cuatro fechas para el Superclásico y si recibe un castigo de cinco fechas -ya cumplió una-, se lo perderá.

¿Cómo recibiría menos de cinco fechas? Si ante el Tribunal, Lousteau cambia de argumento en contraposición a ya lo escrito y de esa manera, se elimina la figura de juego brusco y uso desmedido de la fuerza -la más grave de las posibles-, y de ese modo lograr aplicarle el artículo 201, que establece penas de dos a 12 partidos; o el 204, que va de uno a seis. Si sostiene oralmente lo escrito, se aplicará el artículo 199, que va de las cinco a las 30 fechas de castigo

¿Qué dice cada artículo?

El 199 contempla la suspensión de cinco a treinta partidos, "al jugador que por acción violenta, prohibida por las Reglas de Juego o por agresión, deje a otro jugador en inferioridad de condiciones o imposibilitado para continuar la disputa del partido o impedido para poder jugar por tiempo indeterminado". En tanto, el 201, que tiene el tope de 12 y el mínimo de dos fechas, se ajusta a ocho situaciones claramente expresas en la disputa de la pelota: "Puntapié, Pisar (intencionalmente al adversario); Tacazo; Codazo; Planchazo; Cabezazo (aplicado deliberadamente); Golpe fuerte al arquero y Violento foul intencional". En tanto, 204 establece la suspensión de uno a seis "al que juegue en forma brusca, fuerte o violenta". 

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