La modelo viajó a Barcelona para disfrutar unos días del apetecible verano europeo. Las fotos que compartió en Instagram de su viaje fueron un furor.

Ailén Bechara se sumó a la larga lista de famosas argentinas que se encuentra disfrutando del verano europeo y la modelo optó por ir a Barcelona, España.

Al borde de la pileta, la rubia se retrató en bikini triángulo turquesa y generó un furor en su cuenta de Instagram, donde actualmente la siguen poco más de 2 millones y medio de personas.

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La modelo posó para la cámara con la parte superior de un traje de baño de dos piezas en color aguamarina. Se trata de un corpiño triángulo texturado muy simple, pero no por eso menos llamativo.

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Combinó la pieza estrella con un minishort de jean celeste de tiro bien alto y un par de lentes de sol con marco negro.

En el pie de foto de la publicación, escribió: “¿Quién adivina qué sabor de helado elegí? Cuestión. Cómo me gusta España” y rápidamente coleccionó miles de “Me gusta” y cientos de comentarios por parte de sus fans.

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La Corte confirmó un fallo a favor de Google por un reclamo de Ailen Bechara

La Corte Suprema dejó firme un fallo en 2023 a favor del gigante informático Google ante un reclamo de la modelo Ailen Bechara porque su nombre aparecía en sitios de ofertas de sexo.

Bechara había obtenido un fallo favorable en primera instancia, pero en 2020 la Cámara Civil revirtió ese criterio y, sobre la base de jurisprudencia de la propia Corte, eximió de responsabilidad a Google.

Google INC evitó así una condena a resarcir a la modelo con 125 mil pesos más intereses que había estipulado la sentencia de primera instancia.

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Bechara reclamó a Google INC -y originalmente también a Yahoo SRL- la reparación de los daños y perjuicios derivados del uso de su imagen y su nombre asociados a páginas web de pornografía, trabajadoras sexuales y prostitución.

En ese sentido, explicó que “los resultados arrojados por los buscadores de las empresas demandadas, su nombre aparecía vinculado a páginas que ofrecen distintos productos asociados a la industria del sexo”.

El fallo de Cámara recogió el criterio de la Corte que establece que es la damnificada quien debe notificarle a Google cuáles son los sitios en los que aparece erróneamente mencionada y el buscador de internet, entonces sí, está comprometido a eliminarlos.

Ahora la Corte, en un fallo unánime, dedicó apenas cuatro renglones para dejar firme la sentencia favorable al coloso informático.

“El recurso extraordinario es inadmisible. Por ello, se lo declara mal concedido. Con costas. Notifíquese y devuélvase”, dice el pronunciamiento del máximo tribunal.

Aparecen en esta nota:

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