Este miércoles, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos Y Tecnología Médica (Anmat) publicó en el Boletín Oficial la disposición 5128/2018 con la que impide "la comercialización en todo el territorio nacional del producto en cuyo rótulo luce: ' Aceite de oliva extra virgen' marca Finca San Agustín, elaborado por San Agustín (Mendoza), fabricado en 2017 y con fecha de vencimiento 2019, RNE N° 02040963, RNPA N° 02167021".
De acuerdo al comunicado, la entidad determinó a raíz de un monitoreo realizado por la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (DGHySA), "que no cumple la legislación alimentaria vigente".
"No cumple con las especificaciones en lo que respecta al perfil de ácidos grasos por corresponder a una mezcla de aceites vegetales resultando un alimento adulterado y por consignar en el rótulo registros de autorizaciones de establecimiento y de producto inexistentes resultando ser un alimento falsamente rotulado y en consecuencia ilegal", dice la disposición.
"Al tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado", la entidad resolvió que "no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República".
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