La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica -ANMAT- emitió una resolución para detallar la prohibición de un queso brie, aceites caseros y sal gruesa yodada, en los que encontraron irregularidades en autorizaciones de establecimiento y de producto y rotulaciones.
Mediante diferentes disposiciones publicadas en el Boletín Oficial, el organismo explicó los motivos por los cuales ordenó el retiro de comercialización de los productos.
En la resolución 2447/2019 enfatizó en una “Sal gruesa yodada enriquecida para uso alimentario humano”, de marca Sal-Teñito, la cual es elaborada y envasada por Carlos Rolando Jurado Calle Zatuszek, de Salta Capital.
En la Disposición 2448/2019, se señala a los queso Brie y artesanal Camembert, ambos de marca Bertone, elaborados por Agroalimentaria San Agustín S.A., Santa Fe 973, San Agustín, provincia de Santa Fe.
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Por su parte, la Disposición 2379/2019 se refiere al “Aceite de Oliva, Virgen Extra, marca Doña Ycha, RNPA N° 03003108-3, RNE N° 03000263, Producto de Catamarca". La misma carece de autorizaciones de establecimiento y de producto y está falsamente rotulada.
La Disposición 2405/2019 asegura que la “Aceite de oliva extra virgen” marca Reino de León, con el símbolo de alimento libre de gluten producido y envasado en Pomán, Catamarca, carece de rotulado y no tiene autorización para ser elaborada como alimento para celíacos.
La Disposición 2406/2019 apunta al “Aceite de Oliva extra virgen”, marca Olivos Cuyanos, RNPA: 2212-8124-13 Establ. N° 13431962, RNE: 2212-164381-13, Prov. La Rioja. El establecimiento no tenía autorizaciones.
Por último, la Disposición 2407/2019 resalta a la “Aceite de Girasol Comestible”, marca: Oleofe, con símbolo de alimento libre de gluten, producida en Santo Tomé, Santa Fe. Este producto se encontraba falsamente rotulado y no tiene autorización para ser elaborado sin glúten.-
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