A partir del jueves 10 de septiembre, regirá la prohibición en distintas arterias ante el aumento de la circulación vehicular por la flexibilización de la cuarentena.

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires estableció los nuevos valores de las multas por mal estacionamiento, que comenzarán a aplicarse a partir del próximo jueves 10 de septiembre, luego de un período de concientización a los automovilistas.

Las nuevas medidas comenzarán a regir a partir de algunas medidas vinculadas a la flexibilización de la cuarentena en el distrito, al incrementarse la circulación vehicular y los lugares donde se podía estacionar libremente respecto a cuando el aislamiento social era más estricto.

Este viernes, el personal de tránsito porteño comenzó colocando un sticker a los autos estacionados en arterias donde está prohibido aparcar, como una señal de advertencia.

Esto regirá hasta el jueves 10 de septiembre, luego de esta fase de concientización a los automovilistas, se comenzarán a aplicar multas a los infractores.

LAS MULTAS

• Estacionamiento o detención prohibida: $2.140 (100 UF).

• Lugares reservados para servicios de emergencia, paradas de transporte público, entradas de vehículos, ciclovías, carriles exclusivos, corredores de Metrobus, y zona de Macro y Microcentro: $4.280 (200 UF).

• Lugares reservados para vehículos de personas con necesidades especiales o rampas para personas con movilidad reducida: $6.420 (300 UF).

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DÓNDE NO SE PODRÁ ESTACIONAR

• Avenida 9 de Julio: del lado derecho e izquierdo las 24 horas.

• Cerrito: días hábiles de 7 a 21 horas del lado derecho (impar). Hoy está permitido.

• Carlos Pellegrini: días hábiles de 7 a 21 horas del lado derecho (impar). Hoy está permitido.

• Reconquista: las 24 horas de ambos lados.

• Avenida Leandro N. Alem: las 24 horas de ambos lados.

• Montevideo: las 24 horas de ambos lados.

• Avenida Belgrano: los días hábiles de 7 a 21 horas de ambos lados.

• Avenida Independencia: los días hábiles de 7 a 21 horas de ambos lados.

• Avenida Entre Ríos/Callao: los días hábiles de 7 a 21 horas de ambos lados.

Rampas, veredas, ochavas, paradas de colectivos, garajes: las 24 horas.

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