Es sabido que la ley nos protege de diversas situaciones ante abusos o incumplimientos de contratos por parte de las empresas y comercios, pero también nos protege de manera preventiva en el cuidado de nuestra salud y bienestar.

Hay muchos artículos específicos dedicados a la responsabilidad de los proveedores del cuidado de la salud pública y del trato digno al consumidor, incluyendo de manera muy específica el derecho a la información.

Existe de manera muy difundida en la Argentina, y quiero traer hoy a colación un ejemplo de Estados Unidos, donde la reglamentación obliga ahora a brindar una inflamación muy puntual en restaurantes y lugares de expendio de alimentos sobre las calorías de los mismos:

Citado de FDA.GOV: “Etiquetado de calorías en los menús de restaurantes y las máquinas expendedoras: lo que usted necesita saber El etiquetado de calorías en los menús de restaurantes y las máquinas expendedoras puede ayudarle a tomar decisiones informadas y saludables sobre las comidas y los aperitivos. En el ajetreado mundo de hoy, los estadounidenses están comiendo y bebiendo alrededor de un tercio de sus calorías fuera de casa. Aunque los consumidores pueden encontrar las calorías y otra información nutricional en la etiqueta de información nutricional de los alimentos envasados y las bebidas que compran en las tiendas, en general, este tipo de etiquetado no está disponible en los restaurantes ni visible en la comida de las máquinas expendedoras. Es por eso que los nuevos reglamentos de la Administración de Medicamentos y Alimentos de los Estados Unidos (FDA) que requieren información sobre las calorías en los menús de restaurantes y las cartillas de menú, y en las máquinas expendedoras serán especialmente útiles para los consumidores. Qué verá algunos estados, localidades y grandes cadenas de restaurantes ya estaban haciendo sus propias formas de etiquetado de menús, pero esta información no fue consistente en las áreas en las cuales se aplicó. Ahora será obligatoria la información sobre calorías en los menús y las cartillas de menú de las cadenas de restaurantes (y otros lugares que venden comida como la de los restaurantes) y en algunas máquinas expendedoras.

Este nuevo etiquetado de calorías será coherente en todo el país y proporcionará información nutricional fácil de entender de una manera directa y accesible. Algunos establecimientos ya están publicando voluntariamente información nutricional, pero los restaurantes y establecimientos alimenticios similares sujetos a esta regulación final del etiquetado de calorías en menús tienen hasta el 7 de mayo de 2018, para cumplir con los requisitos de la regulación. En la mayoría de los casos, también verá el etiquetado de calorías para los alimentos empaquetados vendidos en las máquinas expendedoras para el 1 de diciembre de 2016. No obstante, hay ciertos productos alimenticios vendidos en máquinas expendedoras con frente de vidrio los cuales pueden no tener el etiquetado de calorías sino hasta el 26 de julio de 2018. septiembre de 2016.

En qué otros lugares se informará:

Se requiere el etiquetado de calorías para los restaurantes y establecimientos similares de venta de alimentos que forman parte de una cadena de 20 o más ubicaciones.

¿Sabia que? Para los elementos de menú estándar, las calorías se enumerarán de forma clara y destacada en los menús y las cartillas de menú, junto al nombre o los precios de la comida o la bebida. Para los alimentos de autoservicio, como los que se sirven en bufetes y barras de ensaladas, las calorías se muestran en letreros que están próximos a los alimentos. No es obligatorio que se enumeren las calorías para condimentos, platos del día, pedidos personalizados o elementos del menú temporales/estacionales.

Además de la cantidad de calorías, también es necesario que los restaurantes proporcionen información nutricional escrita en los elementos de sus menús, inclusive la grasa total, las calorías provenientes de grasas, las grasas saturadas, las grasas trans, el colesterol, el sodio, los carbohidratos totales, la fibra dietética, los azúcares y las proteínas. Puede ver esta información en pósteres, cubiertas de bandejas, letreros, tarjetas de mostradores, folletos, cuadernillos, computadoras o quioscos. Así que, cuando salga a comer, ¡no dude en pedir información sobre nutrición!

El etiquetado de calorías es obligatorio para los operadores de máquinas expendedoras que poseen u operan 20 o más máquinas expendedoras.

Las calorías se mostrarán en un letrero (como en un pequeño cartel, etiqueta adhesiva o póster) o en pantallas electrónicas o digitales cerca del alimento o del botón de selección en las máquinas expendedoras y máquinas de venta “a granel” (por ejemplo, máquinas de chicles y máquinas de nueces surtidas), a menos que las calorías ya sean visibles en los mismos paquetes de alimentos antes de la compra”.

Aparecen en esta nota:

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