Este mes hay que tener en cuenta que se debe sumar un bono de refuerzo de $15.000 para quienes perciben la jubilación mínima, lo que decrece hasta $7.000 para quienes cobran dos beneficios mínimos.
Este bono permite que ninguna jubilación quede por debajo de los $73.665.
Los jubilados y pensionados con DNI finalizado en 5 y cuyos haberes no superen los $58.665 (sin el bono) podrán cobrar este martes 16 el beneficio correspondiente al mes de mayo, en las sucursales bancarias por ventanilla.
DNI finalizados en 6: 17 de mayo
DNI finalizados en 7: 18 de mayo
DNI finalizados en 8: 19 de mayo
DNI finalizados en 9: 22 de mayo
DNI finalizados en 0 y 1: 23 de mayo
DNI finalizados en 2 y 3: 24 de mayo
DNI finalizados en 4 y 5: 29 de mayo
DNI finalizados en 6 y 7: 30 de mayo
DNI finalizados en 8 y 9: 31 de mayo
DNI finalizados en 6: 17 de mayo
DNI finalizados en 7: 18 de mayo
DNI finalizados en 8: 19 de mayo
DNI finalizados en 9: 22 de mayo
DNI finalizados en 5: 17 de mayo
DNI finalizados en 6: 18 de mayo
DNI finalizados en 7: 19 de mayo
DNI finalizados en 8: 22 de mayo
DNI finalizados en 9: 23 de mayo
Este martes también cobran los beneficiarios de las asignaciones universales por Hijo (AUH) y familiares con documentos finalizados en 5 y las universales por Embarazo (AUE) que terminan en 4; indicó la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Además, se recordó que, si bien los titulares no tienen que solicitar turno previo para cobrar este beneficio, deben acercarse a la sucursal bancaria únicamente en las fechas que corresponden según la terminación del DNI.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) dispone de una Prestación por Desempleo de $32.000 a personas que estén sin trabajo. Solo la pueden solicitar quienes cumplan con ciertos requisitos.
Este no es el único apoyo al que pueden acceder quienes se encuentran en esta situación, sino que también disponen de la Asignación Universal por Hijo (AUH) o la Asignación Universal por Embarazo (AUE), dos acompañamientos que tendrán un aumento confirmado en junio 2023.
Fondo de Desempleo
El Fondo de Desempleo ANSES está destinado a personas que fueron despedidas de sus trabajos registrados o hayan dejado su puesto por un quiebre de la empresa.
Para cobrarla es necesario presentar esta documentación:
• Telegrama de despido
• Carta documento o nota del empleador con firma certificada
• Documento nacional de identidad
Quienes no pueden acceder al Fondo de Desempleo son:
• Quienes no hayan realizado aportes al Fondo Nacional de Empleo.
• Quienes perciban prestaciones previsionales (excepto pensiones directas o derivadas de carácter contributivo).
• Sean Beneficiarios de Programa Jefes de Hogar, Programas de Empleo o cualquier otra prestación no contributiva (excepto beneficiarios de Pensión Vitalicia - excombatientes del Atlántico Sur, Ley N.º 23.848).
• Se encuentran contratados bajo la modalidad de pasantías.
• Perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada.
• Hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador o los que hayan optado por el retiro voluntario.
Tampoco podrán acceder quiénes pertenezcan a los siguientes regímenes:
• Servicio Doméstico.
• Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal.
• Establecimientos Privados de Enseñanza (Ley N.º 13.047)
• Personal Docente de la Educación Superior de Instituciones Universitarias Privadas reguladas de conformidad con la Ley N.º 24.521.
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