Tendrán un máximo de 600 kilowatts por hora de consumo gratuito por mes. En caso de exceder ese umbral habrá un aumento tarifario

Un profundo desconcierto generó entre los miembros de la Asociación Argentina de Electrodependientes (AADE) la Resolución N° 261-E/2017 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación en la que se ratificó que estos pacientes tendrán un máximo de 600 kilowatts por hora de consumo gratuito por mes, y en la que se establece un aumento tarifario en caso de exceder ese consumo.

En un abrir y cerrar de ojos se esfumó la alegría de haber conseguido que el Congreso Nacional haya sancionado le Ley, denominada #LuzParaEllos y que garantiza la gratuidad del servicio para estas personas, pero que aún no fue promulgada por el Ejecutivo.

La publicación en el Boletín Oficial de esta resolución de la cartera que dirige Juan José Aranguren sorprendió a más de uno, teniendo en cuenta el 18 de mayo se promulgaría automáticamente la mencionada ley, en caso de que el gobierno no lo hiciera previamente.

“Esperamos que dicha resolución no interfiera con los derechos de la presente ley, que marca un precedente en toda América Latina y el Mundo”, subrayó Mauro Stefanizzi, uno de los impulsores de este norma, quien destacó que el logro argentino “ha contagiado a ciudadanos de Chile y España a luchar por una ley similar”.

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Stefanizzi manifestó a DIARIO POPULAR: “nos llama poderosamente la atención la publicación de esta resolución a días de que sea promulgada la ley #LuzParaEllos y por lo que nos han explicado esta normativa no anularía una Resolución y dejaría al gobierno la opción de utilizar este criterio”.

Situación actual

- La Ley #LuzParaEllos aún no está vigente. No tiene efecto jurídico. debe ser promulgada y publicada en el Boletín Oficial.

- Las empresas distribuidoras aseguran que “están analizando” el alcance de la ley, pero se rigen por el marco regulatorio anterior y la reciente resolución.

- Una vez que se reglamente la ley, las empresas no tendrá el poder para analizar a quién le corresponde y a quién no. Será el Estado, a través del ministerio de salud, quien analice cada caso en particular y se haga cargo de la salud de estos pacientes, lo que serán incluidos en un Registro Nacional.

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