La compañía deberá pagar una multa dispuesta por la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor y ratificada por la Cámara de Apelaciones. Los detalles, en esta nota

Mercado Libre deberá pagar una multa de $40.000 y la suma de $7.400 en concepto de daño directo a favor de un consumidor que compró una heladera mediante su plataforma, pero nunca la recibió.

Según se detalla en la página web del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires, Ijudicial, la persona abonó por Mercado Pago la transacción, pero nunca le fue entregado el producto ni recibió el reembolso del dinero.

La Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires confirmó lo dispuesto por la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor.

Ante el reclamo, la empresa esgrimió que “el Programa de Protección al Consumidor no se hizo efectivo en la transacción (…) por cuanto el pago efectuado habría sido por fuera del flujo de pago del sitio web de Mercado Libre”.

En su voto, uno de los jueces manifestó que “los términos y condiciones no fueron respetados por la sumariada –Mercado Libre- y, aun cuando ello pudo tener como fundamento la alegada distinción entre ‘pagar’ y ‘enviar dinero’ a través de Mercado Pago; lo cierto es que falló la información que proporcionó la empresa durante la concertación del contrato lo cual vició la voluntad del consumidor quien pudo creerse con una legítima expectativa a tener una protección”.

“La confianza del usuario B. en la plataforma ofrecida por la recurrente resultó clave para la concreción final de la operación”, argumentó.

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“Debió ser la propia empresa quien –dando cumplimiento al deber de información– comunicara acabadamente sobre las posibles alternativas de pago y las consecuencias de optar por una u otra, máxime cuando una de las posibilidades implicaría el no otorgamiento de una garantía sobre la transacción”, expuso otro de los camaristas.

¿El fallo podrá sentar un precedente ante demandas similares?

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