La decisión -que abarca a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros trámites- se formalizó por medio de una resolución general publicada este martes en el Boletín Oficial

La AFIP oficializó este martes, por medio de una resolución general publicada en el Boletín Oficial, una nueva prórroga de la feria fiscal, por décima vez consecutiva desde que se inició la cuarentena, esta vez hasta el 16 de agosto.

"Fijar entre los días 3 y 16 de agosto de 2020, ambos inclusive, un nuevo período de feria fiscal extraordinario con el alcance de las previsiones de la Resolución General N 1.983, sus modificatorias y complementarias", según el texto oficial.

La Resolución General N 1.983 previó que durante determinados períodos del año -atendiendo a las ferias judiciales que se establezcan cada año para el Poder Judicial de la Nación-, no se computen los plazos previstos en los distintos procedimientos vigentes ante ese organismo, vinculados a la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a su cargo.

La titular de AFIP, Marcó del Pont, brindó detalles del alcance que tendrá el programa de asistencia a empresas.
La titular de AFIP, Marcó del Pont, brindó detalles del alcance que tendrá el programa de asistencia a empresas.
La titular de AFIP, Marcó del Pont, brindó detalles del alcance que tendrá el programa de asistencia a empresas.

Esa misma Resolución establece que los jueces administrativos podrán habilitar días y horas para la realización de determinados actos o trámites, en los casos en que la demora afecte los intereses del Fisco.

"Los jueces administrativos, en la medida que las circunstancias de cada caso así lo aconsejen, deberán adoptar los recaudos necesarios a efectos de asegurar, en aquellos ámbitos geográficos que lo permitan, el normal desarrollo de los actos y trámites necesarios para preservar los intereses del Fisco, en uso de las facultades mencionadas en el considerando precedente", explicó la AFIP.

La feria no incluye los procedimientos de fiscalización que realiza el ente recaudador en función de la información proporcionada por la Organización para el Comercio y el Desarrollo (OCDE) sobre cuentas de argentinos en el exterior.

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