Por unanimidad, la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas, confirmó la multa de 42.980 pesos a una conductora de la aplicación Uber por no poseer habilitación para el transporte de pasajeros.
El tribunal, presidido por Elizabeth Marum, e integrada por Marcelo Vázquez y José Sáez Capel, decidió confirmar la sentencia de primera instancia por no tener el permiso correspondiente.
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De la lectura del fallo, se desprende que la causa se originó cuando en diciembre de 2017, en la Av. Rafael Obligado, a la altura del ingreso al Aeroparque Metropolitano, se labró a la actora el Acta de Comprobación n°. B 17104523 por “no poseer habilitación para transporte de pasajeros”.
La presidenta de la Sala y los camaristas consideraron que “las únicas posibles formas de transporte de pasajeros en vehículos, habilitadas dentro de la CABA, son las mencionadas en el Código de Habilitaciones y el Código de Transporte y Tránsito de CABA 2148: Remis, taxi o transporte escolar”; y por lo tanto entendieron que “su actividad de transporte de pasajeros en vehículos solo podría llevarse a cabo de manera legalmente habilitada si esta se adecua a alguna de las habilitaciones mencionadas, existentes en la normativa local de CABA actual”.
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