El nuevo revés judicial para la defensa de Jorge Mangeri se produjo ayer, un día después de la renuncia mediática “por cuestiones personales y familiares” del abogado Pierri a seguir asistiendo al detenido.
La Cámara del Crimen rechazó las apelaciones presentadas por la defensa de Jorge Mangeri para que un tribunal superior revise las nulidades sobre la "cadena de custodia" del ADN extraído de las uñas de Angeles Rawson.
Además, también descartó la presentación que formuló el abogado Miguel Angel Pierri contra el rechazo al planteo de nulidad de la testimonial que prestó el portero la noche en la que fue detenido, la cual había sido considerada como una "indagatoria encubierta".
El nuevo revés judicial para la defensa de Mangeri se produjo ayer, un día después de la renuncia mediática "por cuestiones personales y familiares" del abogado Pierri a seguir asistiendo al detenido.
En una audiencia oral, realizada el 29 de agosto, la defensa de Mangeri había planteado ante la Sala VI de la Cámara del Crimen la nulidad del ADN que lo incriminó en el homicidio de Angeles Rawson, al entender que no se había preservado la cadena de custodia de las muestras extraídas a las uñas de la víctima.
También había asegurado que la noche del viernes 14 de junio y la madrugada del 15 en que fue detenido por el crimen, permaneció tres horas en la fiscalía "sin derechos y garantías constitucionales" y que aquel acto se había tratado de una "indagatoria encubierta"
Unos días después, los camaristas Mario Filozof, Julio Marcelo Lucini y Ricardo Matías Pinto rechazaron los planteos de nulidad y ordenaron que Mangeri continuara detenido, acusado de "homicidio simple", un delito más leve que el que le había imputado en un principio el juez Javier Ríos.
La defensa apeló esa decisión, con la intención de recurrir a la Cámara de Casación e intentar que revea el planteo, pero la misma Cámara del Crimen rechazó el pedido. Según trascendió, los camaristas Lucini y Filozof desestimaron los planteos al considerar que "lo dirimido es una cuestión de carácter procesal que, por su naturaleza, no puede causar gravamen irreparable".
Para los magistrados, los reparos contra el rechazo de la nulidad por la "cadena de custodia" del ADN de las uñas de la joven, no representan una cuestión que ponga "término al debate o bien impida continuar con la discusión del asunto, o que cause un agravio de imposible o de insuficiente reparación ulterior". La referencia obedece a que las normas procesales sólo dejan abierta la vía para la intervención del tribunal superior cuando se trate de una "sentencia definitiva o equiparable", algo que no ocurre en esta etapa del proceso donde aún falta completar la instrucción y la realización del juicio oral.