L a fiscal María Isabel Sánchez solicitó la elevación a juicio de la causa por el femicidio de la adolescente Lucía Pérez, cometido el 8 de octubre de 2016 en la zona sur de la ciudad de Mar del Plata, por el que hay tres imputados, en los casos de Matías Farías (de 24 años) y Juan Pablo Offidani (41) considerados autor y partícipe necesario, respectivamente, del delito de ‘abuso sexual seguido de muerte agravado por el suministro de estupefacientes y femicidio’, mientras que a Alejandro Maciel (57) se lo acusa de ‘encubrimiento agravado’, con la imputación subsidiaria de ‘abandono de persona seguido de muerte’.
Ahora será el juez de Garantías de Mar del Plata Gabriel Bombini quien corra traslado a las partes y determine si el expediente está en condiciones de ser elevado a debate oral y público, luego de la polémica generada por el informe de la junta médica de peritos de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, que determina que la chica no murió en un contexto de un violento abuso sexual, sino que su deceso se produjo por una asfixia producto del consumo de sustancias tóxicas.
De acuerdo con la reconstrucción del hecho realizada por la fiscal Sánchez,, un día antes de su muerte, el 7 de octubre, Lucía Pérez conoció a Farías y Offidani a través de una amiga de la escuela. Ambos sujetos se acercaron a la chica para venderle un “porro” de marihuana y, al día siguiente, el joven la citó en su casa de Playa Serena, donde fue drogada y violada hasta la muerte. Si bien durante la instrucción de la causa se conformó una Junta Médica integrada por peritos de la Suprema Corte de Justicia bonaerense que concluyó que la muerte se produjo por asfixia, probablemente por congestión y edema pulmonar por el consumo de drogas, y que no se pudo probar la violación, la fiscal cree que la joven sí fue víctima de abuso sexual y por ese delito acusó a Farías y Offidani.
“Farías organizó un encuentro con Lucía ‘con el fin de obtener un desahogo sexual. Farías tenía en poder el objeto de deseo de Lucía (las drogas). Esa es la relación de poder que es ejercida por el vendedor de drogas que capta adolescentes’, expresó Sánchez, tras lo cual destacó que se trató de una ‘clara vinculación de hombre con poder y mujer vulnerable’.
Sobre Offidani, la fiscal consideró que las pruebas demuestran que conocía el deseo sexual que tenía Farías con Lucía y que por eso colaboró para buscar a la adolescente y llevarla a la casa de éste. Siempre de acuerdo a la hipótesis de Sánchez, allí Lucía consumió drogas junto a Farías, fue abusada sexualmente y murió a causa de un edema y congestión pulmonar por intoxicación. ‘La falta de consentimiento de la víctima para mantener relaciones sexuales está dada principalmente porque, a partir del consumo de sustancias estupefacientes provistas por su agresor sexual, ésta no pudo consentir libremente la acción’, indica el requerimiento fiscal al fundamentar la imputación del ataque sexual.
‘Cierto es que algunas relaciones sexuales bruscas pueden ocasionar lesiones a nivel genital como las que presentaba la víctima. Pero la ausencia de mayores lesiones no puede descartar el acceso sexual no consentido (...) el hecho de que no haya rastros en su cuerpo de lucha, de defensa, no importa por sí mismo’, concluyó.
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